Huelga del sector del transporte de viajeros por carretera en la provincia de Barcelona

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Para la jornada de ayer estaba convocada la primera jornada de huelga del sector del transporte de viajeros por carretera en la provincia de Barcelona, huelga que se repetirá en la jornada de hoy y durante los días 12 y 13 de noviembre y que afectará a miles de usuarios que se verán obligados a ajustar sus desplazamientos.

Con esta huelga los sindicatos UGT y CCOO pretenden que se desbloqueen las negociaciones del convenio colectivo, y según sus estimaciones durante la jornada de ayer el paro fue secundado por el 90% de los 8.000 trabajadores del sector, pertenecientes a unas 400 empresas, el 10% restante pertenecía además al transporte de servicios discrecionales de transporte escolar y de discapacitados cuyos servicios mínimos son del 100% según exige la propia Generalitat, por lo que se puede decir que la totalidad de los trabajadores apoyaron la huelga.

De manera general, los servicios esenciales fijados por Treball prevén un 50% de 6.30 a 9.30 y de 17 a 20 horas y ningún vehículo en el resto de la jornada. En algunos casos se han previsto más efectivos. Por ejemplo, en el Trambaix, con el 80% de 6.30 a 9.30 y de 16.30 a 20.30, y el 70% las demás franjas porque suple el corte por obras de la L5 del metro. Las lanzaderas del aeropuerto de El Prat tienen el 70% todo el día y los transportes escolar y de discapacitados el 100%.

Esperemos que no sea necesario que se tengan que realizar los paros previstos para el 12 y 13 de noviembre porque finalmente hayan conseguido llegar a un acuerdo sobre el convenio colectivo.

Aprobada la Ley del Contrato del Transporte Terrestre de Mercancías

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Ayer se aprobó en el Congreso de los Diputados la Ley del Contrato del Transporte Terrestre de Mercancías, con la que se pondrá fin a una legislación de hace dos siglos, y con la que se pretende impulsar el transporte combinado de mercancías.

Esta nueva regulación es igual para el transporte por carretera que para el transporte por ferrocarril e incluye las reglas que deben regir el transporte multimodal, así como también se regulan los derechos y obligaciones de las partes contratantes y aporta seguridad jurídica en las relaciones mercantiles entre cargadores, transportistas y operadores de transporte.

Esta nueva ley, que fue respaldada por unanimidad, nace del compromiso del Gobierno de regular el transporte de mercancías, tras la huelga que tuvo lugar en junio de 2008, y con elle el Gobierno estima que se pueden beneficiar más 120.000 empresas de transporte público y más de 4.000 operadores privados.

Según el Ministerio de Fomento esta nueva ley es esencial para favorecer la eficiencia empresarial y medioambiental y asegura que aportará transparencia, seguridad jurídica y competitividad al unificar los contratos por carretera y ferrocarril. Además con ella se favorecerá la integración con Europa, ya que diluye las diferencias entre el transporte nacional e internacional.

En la elaboración de esta Ley del Contrato del Transporte Terrestre de Mercancías se ha contado con las aportaciones tanto del Consejo Nacional de Transportes como del Comité Nacional del Transporte por Carretera.

Linasur nueva concesionaria del servicio de autobuses urbanos de Jerez

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La empresa de transportes Linasur será la nueva concesionaria que se encargue del servicio de transporte urbano en Jerez, servicio que hasta ahora está en manos de Cojetusa y que además está envuelto en una gran polémica. Sólo falta que mañana, 30 de octubre, la Junta Local de Gobierno de Jerez dé el visto bueno a la operación.

Linasur ya tiene creado su proyecto de adquisición, donde se recoge la cantidad que pagará a Cojetusa por el traspaso de la concesión, así como la parte correspondiente a la deuda que asumirá con su entrada.

Según cree María del Carmen Martínez, delegada de Movilidad de Jerez, “de un mes a un mes y medio es lo que se tarda en terminar una compraventa de estas características”

Esperamos que este traspaso pueda servir para que los trabajadores de Cojetusa, que ya llevan 3 jornadas de huelga, puedan cobrar sus salarios atrasados.

Los empleados manifiestan que “si Cojetusa dice que no cobra y el Ayuntamiento afirma que les está pagando, alguien está mintiendo”. “El viernes acabaremos esta huelga, pero si continuamos así nos volveremos a reunir la semana próxima y habrá que acordar nuevas medidas, ya que no nos vamos a quedar esperando a que alguien le toque La Primitiva para cobrar”.

No obstante el Ayuntamiento de Jerez y Cotejusa están llevando a cabo negociaciones y gestiones para que los trabajadores puedan cobrar sus salarios de inmediato.

Admitidos y excluidos provisionales a las pruebas del CAP en Mallorca

mallorca

En la Isla de Mallorca ya se han publicado las listas provisionales de admitidos y excluidos a las pruebas para la obtención del CAP (Certificado de Aptitud Profesional) que acredita la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera.

A pesar que desde el 11 de septiembre de 2009 el CAP también es obligatorio para el transporte de mercancías las pruebas que se celebrarán en las Mallorca  sólo son para la modalidad de viajeros.

Aspirantes admitidos

  • 43109464N
  • 43183042J

Aspirantes excluidos

  • 11768482A
  • 53265392Z
  • 78191864Y
  • 43093579C
  • 43139343Z
  • 43154413L
  • 09379499F
  • 43071225E
  • 33392270L
  • 42973783P
  • 43100405S
  • 18236086F
  • 34068681T
  • 37340576F
  • 43042357L
  • 43134453T
  • 18226524J
  • 18221555N

Todos los aspirantes que no han sido admitidos a las pruebas no han finalizado el curso de formación preceptivo. Para poder realizar la prueba deberán haber acreditado que han llevado a cabo con aprovechamiento la formación teórica y práctica exigida antes del día de la prueba.

Los interesados que quieran hacer una reclamación tienen de plazo hasta el día antes del examen, 4 de noviembre, para poderlo hacer.

Fecha de la prueba: jueves 5 de noviembre de 2009
Horario: de 16.00 a 18.00 h
Lugar: IES Madina Mayurqa (C / Miquel Arcas, núm. 4, Palma de Mallorca)

Fetlpa, nueva asociación de empresarios de transporte y logística de Alicante

asociacion

El pasado mes de junio José Quirant dimitió de su cargo como vicepresidente de Fetrama (Federación Provincial de Asociaciones de Empresarios de Transportes de Mercancías de Alicante).

A raíz de su dimisión en Fetrama por desacuerdos en la dirección, José Quirant se ha puesto al mando de una nueva patronal en la provincia, Fetlpa (Federación del Transporte y la Logística de las Empresas de la Provincia de Alicante), federación a la que ya se han sumado medio centernar de empresarios y autónomos del sector.

Esta nueva Federación, que ya ha solicitado el alta en la Confederación empresarial COEPA, pretende convertirse en una federación móvil, y según han explicado “Queremos acercarnos a las empresas, no estar sentados y esperar a que las empresas vengan. Apostamos por la movilidad y este es otro de nuestros valores añadidos”

Además desde la nueva federación también han comentado que “Nuestros objetivos son principalmente ofrecer la imagen que se merece el sector del transporte alicantino y conseguir la unión del transporte de la provincia”

Abierto el plazo para la 5º convocatoria del CAP en Navarra

navarra

Desde el pasado lunes 26 de octubre y hasta el próximo viernes 13 de novimbre estará abierto el plazo de inscripción para poder participar en las pruebas para obtener el certificado de Aptitud Profesional (CAP) acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, que se celebran en Navarra.

Estas pruebas se corresponde con la 5º y última Convocatoria de la Comunidad Navarra para obtener el CAP en el año 2009.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará a las 14 horas del 13 de noviembre, y para poder participar en las pruebas es necesario que antes de que se cumpla el plazo se haya presentado:

  • Modelo de solicitud
  • Fotocopia del DNI (en vigor)
  • En caso de que el domicilio que figura en el DNI no sea un municipio de Navarra, deberá presentarse certificado de empadronamiento que acredite que ha tenido su domicilio en la Comunidad Foral de Navarra al menos 185 días naturales del último año, contado desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes para concurrir a los ejercicios.
  • Carta de pago diligenciada por el banco de haber abonado la cantidad de 11 euros.

Esta documentación se puede presentar en cualquiera de los Registros Oficiales del Gobierno de Navarra, y tanto el modelo de solicitud como la carta de pago se puede conseguir en el Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes del Gobierno de Navarra, que se encuentra en la calle Yanguas y Miranda nº 5.

La tramitación online actualmente no funciona.

Preguntas examen capacitación profesional para el transporte de viajeros. El transportista como empresario mercantil

temario12

Hoy os dejamos algunas preguntas de examen para la obtención de la capacitación profesional para ejercer el transporte de viajeros por carretera. Las preguntas que os planteamos corresponden al tema “El transportista como empresario mercantil”.

Algunas preguntas sobre el transportista como empresario mercantil:

¿Un transportista es un empresario mercantil?:

  • 1. No, porque no ejerce actividades mercantiles.
  • 2. Sólo cuando se constituye en sociedad.
  • 3. Sí, cuando reúne los requisitos de capacidad jurídica y habitualidad.
  • 4. Siempre que tenga más de 4 camiones.

RESPUESTA: C

LEY NORMA: Código Comercio Artículo 1

LEY ABREVIADA: CÓDIGO COMERCIO/1885

Completa esta definición: “Son comerciantes los que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio…”:

  • 1. Tienen licencia fiscal.
  • 2. Se dedican a él habitualmente.
  • 3. Tienen poder suficiente para ejercerlo.
  • 4. Tienen establecimiento abierto el público.

RESPUESTA: B

LEY NORMA: Código Comercio Artículo 1

LEY ABREVIADA: CÓDIGO COMERCIO/1885

La capacidad legal para ser empresario consiste:

  • 1. Tener dinero y querer invertirlo.
  • 2. Ser mayor de edad.
  • 3. Ser mayor de edad, no estar incapacitado legalmente y tener libre disposición de sus bienes.
  • 4. Ser mayor de edad y estar dado de alta en el impuesto correspondiente.

RESPUESTA: C

LEY NORMA: Código Comercio Artículo 1

LEY ABREVIADA: CÓDIGO COMERCIO/1885

¿Quién asume el riesgo comercial de la empresarial?:

  • 1. Los administradores o gerentes de la empresa.
  • 2. El propio empresario.
  • 3. Los representantes que actúen en nombre de la empresa.
  • 4. El gerente que firma los documentos de la empresa.

RESPUESTA: B

LEY NORMA: Código Civil Artículos 1101 y 1911

LEY ABREVIADA: CÓDIGO CIVIL/1889

Si un comerciante está casado en régimen de gananciales para que los bienes de su cónyuge se vean afectados por su actividad mercantil es necesario:

  • 1. Que el cónyuge preste consentimiento.
  • 2. Que lo diga el Código de Comercio.
  • 3. Que lo diga el Código Civil.
  • 4. Que figure en los contratos que celebre el comerciante.

RESPUESTA: A

LEY NORMA: Código Comercio Artículos 6 y siguientes

LEY ABREVIADA: CÓDIGO COMERCIO/1885

En el ejercicio del comercio por un empresario, la nota predominante es:

  • 1. La consecución de un beneficio económico.
  • 2. El pago de los impuestos.
  • 3. La existencia de pérdidas.
  • 4. Tener un establecimiento abierto al público.

RESPUESTA: A

LEY NORMA: Código Comercio Artículo 1

LEY ABREVIADA: CÓDIGO COMERCIO/1885

¿Son requisitos imprescindibles en el ejercicio del comercio la libre disposición de los bienes y la mayoría de edad?:

  • 1. Sí, en todo caso.
  • 2. Sí, siempre que el comerciante se encuentre dado de alta en la Seguridad Social.
  • 3. No.
  • 4. Solo si desea inscribirse en el Registro Mercantil.

RESPUESTA: A

LEY NORMA: Código Comercio Artículo 1

LEY ABREVIADA: CÓDIGO COMERCIO/1885

¿Cuál de los siguientes es un representante legal?:

  • 1. El apoderado respecto de su empresa.
  • 2. El padre respecto del hijo menor.
  • 3. El factor respecto de su establecimiento mercantil.
  • 4. Los dependientes respecto del establecimiento donde trabajen.

RESPUESTA: B

LEY NORMA: Código Comercio Artículos 292 y 281 y siguientes, Código Civil Artículo 162

LEY ABREVIADA: CÓDIGO COMERCIO/1885

De los actos del apoderado general responderá:

  • 1. El propio apoderado general, siempre que tengan relación con la actividad comercial de la empresa.
  • 2. El empresario, siempre que tengan relación con el ejercicio de la actividad comercial de la empresa.
  • 3. El empresario sólo responderá si aprueba con su firma los actos del factor.
  • 4. El apoderado general sólo responderá en caso de perjuicio para la empresa.

RESPUESTA: B

LEY NORMA: Código Comercio Artículos 286, 287, 292 y 1727

LEY ABREVIADA: CÓDIGO COMERCIO/1885

De los actos del Apoderado general responderá:

  • 1. El propio Apoderado general, siempre que tengan relación con el ejercicio de actividad comercial de la empresa.
  • 2. El empresario, siempre que tengan relación con el ejercicio de la actividad comercial de la empresa.
  • 3. El empresario sólo responderá si aprueba con su firma los actos del factor.
  • 4. El Apoderado general sólo responderá en caso de perjuicio para la empresa.

RESPUESTA: B

LEY NORMA: Código Comercio Artículos 286, 287, 292 y 1727

LEY ABREVIADA: CÓDIGO COMERCIO/1885

Se llama empresario individual:

  • 1. A las sociedades con un único administrador.
  • 2. A la persona jurídica constituida mediante contrato.
  • 3. Al empresario que es persona física.
  • 4. Al empresario social.

RESPUESTA: C

LEY NORMA: Código Comercio Artículo 1

LEY ABREVIADA: CÓDIGO COMERCIO/1885

Por la dimensión de la empresa podemos distinguir entre:

  • 1. Empresario individual y social.
  • 2. Empresario públicos y privados.
  • 3. Empresario comunitario y estatal.
  • 4. Pequeños y grandes empresarios.

RESPUESTA: D

LEY NORMA: Ley 1/1994, 11-03-94 Artículo 12

LEY ABREVIADA: LEY 1/1994

¿Qué tipo de empresario responde con los bienes que están afectados al ejercicio de la actividad empresarial y con los suyos propios que no lo están directamente?:

  • 1. El empresario individual.
  • 2. El empresario social.
  • 3. El empresario que sea persona jurídica.
  • 4. La sociedad.

RESPUESTA: A

El establecimiento mercantil puede clasificarse en:

  • 1. Establecimiento civil o mercantil.
  • 2. Establecimiento principal y secundario.
  • 3. Establecimientos públicos y privados.
  • 4. Establecimiento real y legal.

RESPUESTA: B

LEY NORMA: Real Decreto 1784/1996, 19-7-96 Artículo 295

LEY ABREVIADA: RD 1784/1996

Los socios de las sociedades mercantiles ¿pueden considerarse empresarios individuales?:

  • 1. No, son simplemente socios.
  • 2. Solo si se inscriben en el Registro Mercantil.
  • 3. Sí, siempre.
  • 4. Sí, siempre que la empresa tenga más de 20 trabajadores.

RESPUESTA: A

LEY NORMA: Código Comercio Artículo 1

LEY ABREVIADA: CÓDIGO COMERCIO/1885

Para que los bienes gananciales del matrimonio queden afectados a la responsabilidad patrimonial derivada del ejercicio del comercio es necesario:

  • 1. Que ambos cónyuges sean comerciantes.
  • 2. Nunca pueden quedar obligados.
  • 3. Capitulaciones matrimoniales.
  • 4. Consentimiento del otro cónyuge ya sea expreso o tácito.

RESPUESTA: D

LEY NORMA: Código Comercio Artículos 7 y 8

LEY ABREVIADA: CÓDIGO COMERCIO/1885

Si el cónyuge de un comerciante no quiere que queden afectados los bienes gananciales a las resultas del comercio deberá manifestar esa negativa por medio de:

  • 1. Declaración verbal ante los deudores.
  • 2. Escritura Pública e inscripción en el Registro Mercantil, de la Oposición.
  • 3. Comunicación escrita al otro cónyuge.
  • 4. No puede negarse.

RESPUESTA: B

LEY NORMA: Código Comercio Artículo 11

LEY ABREVIADA: CÓDIGO COMERCIO/1885

Podemos entender el establecimiento como:

  • 1. Conjunto patrimonial unitario y organizado.
  • 2. La actividad externa de la empresa.
  • 3. Los sujetos que trabajan en la empresa.
  • 4. El conjunto de maquinarias de la empresa.

RESPUESTA: A

El establecimiento secundario dotado de representación permanente y de cierta autonomía de gestión a través del cual se desarrollan las actividades de la sociedad mercantil se denomina:

  • 1. Establecimiento principal.
  • 2. Sucursal.
  • 3. Agencia.
  • 4. Concesionario.

RESPUESTA: B

LEY NORMA: Real Decreto 1784/1996, 19-7-96 Artículo 295

LEY ABREVIADA: RD 1784/1996

La apertura de sucursales deberá inscribirse:

  • 1. En el Ministerio de Justicia.
  • 2. En el libro de cuentas anuales de la sociedad.
  • 3. En el Registro Mercantil correspondiente al domicilio de la sucursal.
  • 4. El Registro Civil correspondiente al domicilio de la sociedad.

RESPUESTA: C

LEY NORMA: Real Decreto 1784/1996, 19-7-96 Artículo 296

LEY ABREVIADA: RD 1784/1996

Admitidos y excluidos provisionales a las pruebas de Consejero de Seguridad en Extremadura

extremadura

Ya se han hecho públicas las listas provisionales de admitidos y excluidos a las pruebas para la obtención y renovación del título de Consejero de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas, por carretera y ferrocarril, en la Comunidad de Extremadura.

Lista de admitidos para la obtención del título de Consejero de Seguradad para el transporte por carretera en todas las especialidades:

D.N.I. APELLIDOS NOMBRE
44780020-D GIRONES SANCHEZ MIGUEL

Lista de exluidos para la obtención del título de Consejeros de Seguridad:

D.N.I. APELLIDOS Y NOMBRE MOTIVO
8876856-Y GIL MAYA, LUIS MANUEL FALTAN ABONAR 5 TASAS
8857849-C SALGADO VAQUERIZO, DANIEL FALTAN ABONAR 5 TASAS

Lista provisional de admitidos para la renovación de la Capacitación de Consejeros de Seguridad en la modalidad de carretera para todas las especialidades:

D.N.I. APELLIDOS NOMBRE
9179394-W CRIADO GALAN ANGEL LUIS
76019010-P GONZALEZ JIMENEZ MARTA
9178602-S LEDO BARROSO MARIA JOSE
11772469-B MACEDO RODRIGUEZ ANTONIO Mª
76111998-F MACEDO RODRIGUEZ JUAN JOSE
52355400-V RUBIO SANCHEZ JOSE MARIA

Lista provisional de admitidos a las pruebas de renovación de Consejeros de Seguridad para el transpore por carretera de la especialidad de Materias Líquidas con nº. de identificación de Naciones Unidas 1202, 1203 y 1223

D.N.I. APELLIDOS NOMBRE
28944482-V RAMOS SALOR JOSE JAVIER

Lista provisional de admitidos a las pruebas para la renovación del título de Consejeros de Seguridad para el transporte por carretera de las clases 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9

D.N.I. APELLIDOS NOMBRE
80035585-R ESCUDERO MUÑOZ MANUEL

Lista provisional de admitidos para la renovación del título de consejero de seguridad para el transporte en ferrocarril de todas las especialidades:

D.N.I. APELLIDOS NOMBRE
9178602-S LEDO BARROSO MARIA JOSE
11772469-B MACEDO RODRIGUEZ ANTONIO

Lista provisional de excluidos a las pruebas de Renovación de Consejeros de Seguridad:

D.N.I. APELLIDOS Y NOMBRE MOTIVO
80045288-K MOGIO MENESES, JOSE ANTONIO FALTAN ABONAR 5 TASAS
52355400-V RUBIO SANCHEZ, JOSE MARIA EXLUIDO EN CLASES 3, 4.1, 4.2, … AL NO POSEER CERTIFICADO EN ESTA CLASE
11 8859530-E SALGADO VAQUERIZO, CESAR MANUEL FALTAN ABONAR 5 TASAS

Los interesados tienen de plazo hasta el 5 de noviembre para presentar sus reclamaciones o para subsanar los motivos de exclusión.

Acuerdo para el transporte de carbón en Galicia

carbon

Los transportistas gallegos dedicados al transporte por carretera de carbón llevaban prácticamente un mes de paro en la actividad por no llegar a un acuerdo sobre el precio de las toneladas transportadas de este mineral, por lo que se han llegado a acumular casi 400.000 toneladas de carbón en el puerto exterior.

Por fin el carbón se empezará a transportar de nuevo a As Pontes gracias a que finalmente se ha llegado a un acuerdo para realizar su traslado.

Los transportistas gallegos han aceptado de forma unánime la última oferta, consistente en cobrar a 3,50 euros la tonelada de mineral transportada hasta que finalice el año, y a 3,53 euros a partir del 2010.

El acuerdo alcanzado está avalado por Endesa para garantizar los pagos a los transportistas, y en él se incluye además el compromiso de mantener a todo la flota de camioneros.

No obstante para Belarmino Torrernte, presidente de la Federación de Transportes de Mercancías por Carretera (Fetram) ha comentado que aún la desición no está tomada porque quedan muchos flecos en la negociación, como el precio del gasoil o el IPC.

Fuente: La Voz de Galicia

Becas de formación convocadas por la Dirección de Transportes del Gobierno Vasco.

diplomados

Hoy se han hecho públicas, a través del BOPV (Boletín Oficial del País Vasco), las bases reguladoras para poder acceder a las dos becas de formación que ha convocado la Dirección de Transportes del Gobierno Vasco.

Con estas becas, que tienen una duración de un año, se busca incrementar el número de profesionales que pueden colaborar con las empresas dedicadas al transporte para eliminar las carencias del sector, como puede ser la falta de formación o los temas referentes a la organización.

Becas convocadas:

  • 1 beca de desarrollo e investigación de la logística en Euskadi
  • 1 beca de implantación y fomento de la movilidad sostenible

Cuantía y pago de las becas:

  • Cada beca tiene un importe bruto de 14.000 euros
  • El beneficiario de la beca recibirá mensualmente la cantidad de 1.200 euros

Requisitos para acceder a las becas:

  • Tener nacionalidad española y vencidad administrativa en el País Vasco
  • Titulación académica de grado superior en Derecho o Económicas.
  • No haber disfrutado ninguna beca de las convocadas por el Departamento de Transportes Vivienda y Obras Públicas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  • No haber sido sancionado con la prohibición de obtención de subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de Euskadi
  • No estar cumpliendo sanción administrativa o penal por incurrir en discriminación por razón de sexo ni estar sancionada con esta prohibición en virtud de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres

Plazo de solicitudes: hasta el próximo martes 10 de noviembre de 2009

Los interesados se pueden descargar la orden de 14 de octubre de 2009, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, por la que se convocan dos becas de la Dirección de Transportes de formación para titulados/as universitarios/as y se aprueban sus bases reguladoras.

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