diez-centimos

El Ministerio de Hacienda se ha reunido con las organizaciones de transportistas para informarles del procedimiento para la devolcuión del céntimo sanitario que se había estado cobrando de forma ilegal.

Los transportistas tendrán un plazo de 6 meses para presentar sus reclamaciones.

¿Qué tienen que tener en cuenta los transpostistas para solicitar la devolución del céntimo sanitario?

  • Solo se admitirán las facturas que tengan desglosado el importe concreto del citado impuesto o que al menos incluyan en la propia factura una referencia de que en el precio va incorporado el impuesto minorista o IVMDH.
  • La solicitud de devolución podrá solicitarla tanto el consumidor final como la empresa proveedora del carburante (gasolinera o petrolera); en todo caso, aunque la solicitud la presente la empresa proveedora la devolución solo podrá realizarse a favor del consumidor final. En caso de duplicidad de solicitudes de devolución sobre el mismo impuesto (por ejemplo, por lo que reclame el consumidor final y simultáneamente su proveedor de carburante) prevalecerá siempre la reclamación presentada por el consumidor final.
  • No se admitirán las solicitudes de devolución que presenten las entidades emisoras de tarjetas de carburante (Solred, etc…)
  • Las cantidades que se obtengan de la Agencia Tributaria como consecuencia de la devolución solicitada, deberán imputarse como ingresos en la base imponible del IRPF o del Impuesto de Sociedades correspondiente al ejercicio anual en quien se produjo la deducción como gasto del consumo de carburante del cual se obtiene la devolución. Si dicho ejercicio fiscal ya ha prescrito