El Consejo de Ministros ha autorizado un acuerdo mediante el cual el permiso de conducir será válido entre España y Serbia, es decir los permisos de conducir tendrán un reconocimiento recíproco entre ambos países.

De esta forma si el titular de un permiso de conducir translada su redidencia legal de un país a otro podrá conducir los vehículos que le correspondan a sus permisos de conducción sin necesidad de tener que superar ningún tipo de prueba siempre que tenga la edad mínima para conducir en el nuevo país de residencia.

Los conductores con permisos C1, C1+E, D y D+E son la excepción a este acuerdo de reciprociedad en los permisos ya que ellos si tendrán la obligación de realizar tanto una prueba teórica, para demostrar sus conocimientos como, un prueba práctica circulando por vías abiertas al tráfico conduciendo el vehículo adecuado para cada tipo de permiso, de este modo también demostrarán su habilidad al volante.

Fuente: Sector Digital