Actualmente los transportistas están teniendo problemas con la revisión de frenos de los camiones en las ITV, ya que se está dando una disparidad de criterios en las diferentes Comunidades Autónomas, así como por la falta de preparación de la tecnología necesaria por parte de muchas estaciones de ITV.

Este problema es una consecuencia de la aplicación de la Directiva europea 2010/48 relativa al procedimiento de medición de la eficacia de frenado de los vehículos de transporte de mercancías de masa máxima autorizada a 3’5 toneladas y los autobuses, se estableció la obligatoriedad de que a partir del 1 de Enero de 2012 los referidos vehículos deben realizar dicho procedimiento de revisión de los frenos en una estación de ITV, pero las estaciones no están todavía preparadas.

El Ministerio de Industria en coordinación con las Comunidades Autónomas ha elaborado un Plan Director para la aplicación de dicha obligación legal, estableciendo los siguientes plazos de exigencia de la revisión de la eficacia de frenado:

  • Para los vehículos de transporte entre 3’5 y 5 toneladas, a partir del 1 de Enero de 2012.
  • Para los vehículos de transporte entre 5 y 10 toneladas, a partir del 1 de Julio de 2012.
  • Para los vehículos de transporte de más de 10 toneladas, a partir del 1 de Julio de 2013.

Están exentos de acudir cargados a pasar la ITV:

  • Vehículos de transporte de personas.
  • Vehículos de transporte de animales vivos.
  • Vehículos de transporte de mercancías peligrosas.
  • Vehículos de basura.
  • Vehículos con carga indivisible.

Las asociaciones de transportistas solicitarán una reunión al Ministerio de Industria para clarificar la diferente aplicación  que están llevando a cabo las ITV en las diferentes Comunidades Autónomas y se pueda homogenizar su aplicación