autoescuela

A estas alturas la obligación del CAP (Certificado de Aptitud Profesional) no es ninguna novedad, el CAP es obligatorio desde septiembre del 2008 para los conductores que obtienen los permisos que habilitan a conducir autobuses (D1, D y D+E) y desde el año siguiente para los camiones (C1+E, C o C+E).

Los conductores profesionales que ya tenían su permiso antes de estas fechas tienen que hacer un curso de formación continua de 35 horas del CAP, y la fecha en la que lo tendrán que hacer será diferente en función de la terminación de su permiso de conducir. Estos cursos obligatorios los tienen que realizar tanto a los conductores profesionales asalariados como autónomos.

No realizar los cursos de reciclaje del CAP supondrá para la empresa titular del vehículo incurrir en una infracción muy grave a la legislación de transporte que, conforme a la nueva reforma de la Ley que entró en vigor el pasado 25 de Julio, se sanciona con una multa de 2001 euros y la posible pérdida de la honorabilidad para el gestor de transporte.

Os recordamos las fechas en las que los conductores profesionales tienen que haber hecho el curso de 35 horas del CAP, y así evitar la multa de 2001 euros:

Transporte de viajeros con el permiso D antes del 11 de septiembre de 2008:

  • Si el permiso termina en 1, 2, 3 o 4 ya tienen que haber realizado el curso.
  • Si el permiso termina en 5 o en 6 es obligatorio antes del 10 de septiembre de 2013
  • Si el permiso termina en 7 o en 8 es obligatorio antes del 10 de septiembre de 2014
  • Si el permiso termina en 9 o en 0 es obligatorio antes del 10 de septiembre de 2015

Transporte de mercancías con el permiso de tipo C antes del 11 de septiembre de 2009:

  • Si el permiso termina en 1 o en 2 ya han tenido que hacer el curso
  • Si el permiso termina en 3 o en 4 es obligatorio antes del 10 de septiembre de 2013
  • Si el permiso termina en 5 o en 6 es obligatorio antes del 10 de septiembre de 2014
  • Si el permiso termina en 7 o en 8 es obligatorio antes del 10 de septiembre de 2015
  • Si el permiso termina en 9 o en 0 es obligatorio antes del 10 de septiembre de 2016