inspeccion

Buenas noticias para los transportistas, la Inspección del Transporte rebaja la gravedad de algunas infracciones de transporte.

Finalmente el Grupo de Trabajo de Inspección formado por el Ministerio de Fomento y las Comunidades Autónomas, ha decidido tener en cuenta de las asociones nacionales de transportistas y ha acordado cambiar sus criterios sancionadores, rebajando en muchos casos la gravedad de las sanciones.

Nuevo criterio sancionador de la Inspección de Transporte:

  • Carecer de tacógrafo digital: no se sancionará a los vehículos que no lo llevaban instalado antes del 1 de mayo de 2006.
  • No pasar la revisión del tacógrafo: si se revisa en el plazo de 3 meses desde que caducó, la infracción se reduce de 150 euros a 201 euros.
  • Carencia de discos tacógrafo a bordo del vehículo: si se aportan en un plazo de 15 días y no se detectan infracciones, la infracción se reduce de 2001 euros a 401 euros.
  • Carencia de papel para impresión de actividades del conductor: si no se detectan infracciones, la infracción se reduce de 1501 a 301 euros.
  • Utilización de discos tacógrafos no homologados con el aparato tacógrafo: se sancionará con simple apercibimiento.
  • Descanso diario: se atenúa la infracción en caso de no haber exceso de conducción, si sigue descansando al cumplirse 24 horas desde el inicio de la jornada.
  • No llevar a bordo certificado de conductor de terceros países: si el conductor cumplía los requisitos pero no se solicitó, se rebaja la sanción de 1201 euros a 201 euros. Su había previamente solicitado el certificado y no lo ha obtenido, no se le sanciona.
  • Contratar con intermediarios o transportistas autorizados: si no han realizado el visado de transporte de su autorización que poseen, no será sancionada la empresa que los contrate.
  • No llevar extintores en correcto uso: el agente denunciante deberá detallar esas condiciones de no correcto uso, no siendo sancionado en caso contrario.

Fuente: Fenadismer