El pasado 15 de febrero se celebró una reunión en Bruselas el Grupo de Trabajo de la Dirección General de Transporte de la Comisón Europea, el objetivo de esta reunión era buscar medidas para armonizar el concepto de tiempo de conducción diario para reducir la gravedad de las sanciones que se aplican.

Actualmente existen grandes diferencias en el concepto de tiempo de conducción y descanso entre los países de la Unión Europea, especialmente hay diferencias cuando los conductores no han realizado el descanso completo de 11 horas, lo que hace que se provoquen diferencias sobre la gravedad de las sanciones que se aplican en caso de incumplir la normativa sobre los tiempos de conducción y descanso.

Para evitar estas diferencias entre países, la Comisión Europea propone que se interrumpa el cómputo de conducción diaria cada vez que exista un descanso continuado de al menos 7 horas, es decir la propuesta es no compurar la conducción diaria a partir de todo periodo de descanso ininterrumpido de al menos 7 horas.

De esta forma se empezaría a contabilizar el cómputo de tiempo de conducción diaria tras finalizar cada descanso de al menos 7 horas de duracción.

Fuente: Fenadismer