El próximo sábado, 31 de marzo de 2012, concluye el plazo para que los transportistas que se han beneficiado del gasóleo profesional declaren a la Agencia Tributaria los kilómetros anuales.

Según informa la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (FENADISMER), «la cuantía máxima a devolver no puede exceder de 50.000 litros por vehículo y año tanto para autobuses como camiones». «En el caso de los taxis, 5.000 litros por vehículo y año. En el caso de camiones, se pueden acoger los camiones tanto de servicio público como privado con una masa máxima autorizada igual o superior a 7’5 toneladas.»

Las Comunidades Autónomas que han acordado devolver el céntimo sanitario son: Comunidad Valenciana y Castilla y León. Es probable que próximamente también Baleares, Cantabria y Extremadura lo aprueben.

Esta devolución se hará a los transportistas que reposten gasóleo en dichas Comunidades Autónomas, aunque tengan su residencia en otra Comunidad.

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