Según informa Nexotrans, el diario online del Transporte de Mercancías por Carretera, el Gobierno de Canarias ha aprobado un decreto mediante el cual desarrolla la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por carretera de Canarias, lo que supone que el Gobierno canario tendrá competencia exclusiva en materia de transporte por carretera.

Las disposiciones influirán en todo el transporte por carretera excepto en el servicio del taxi, que estará regulado por una norma específica. Según se indica en la ley:

«Las Administraciones Públicas canarias responsables de los transportes por carretera son las siguientes:

  1. La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  2. Los Cabildos Insulares.
  3. Los Ayuntamientos canarios.
  4. Las entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de las anteriores administraciones, que se constituyan para la programación, dirección y coordinación de las políticas de integración y gestión de los transportes.»

Capacitación de transportistas
En cuanto a la competencia profesional para el transporte, cuyas pruebas se convocarán una vez al año,  el Gobierno de Canarias establecerá:
  1. Los conocimientos mínimos exigibles.
  2. El modo de adquirir esos conocimientos.
  3. El procedimiento de comprobación por la administración competente de la posesión de los conocimientos exigidos y la expedición de los documentos acreditativos de dicha capacitación.

Más información en LEY 13/2007.