Todos los transportistas que estén inscritos, o lo hayan estado durante 2011, en el Censo de Beneficiarios de Gasóleo Profesional deberán justificar por cada uno de los vehículos censados de su titularidad el número de kilómetros recorridos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.

El plazo máximo para solicitar la devolución del transporte profesional del pasado año 2011 finaliza el próximo sábado 31 de marzo del 2012.

¿Cómo se solicita la devolución del gasóleo profesional?

El beneficiario con derecho a devolución, deberá  presentar obligatoriatoriamente una declaración anual en la que incluirá, por cada uno de los vehículos de su titularidad que hayan estado inscritos en el Censo de beneficiarios en el año anterior, el número de kilómetros recorridos a fecha 1 de enero y a 31 de diciembre del año a que se refiere la declaración. Para los vehículos que estén obligados al uso de tacógrafo, dicho dato se obtendrá del mismo.

Cuando los vehículos no hayan pertenecido a los diferentes beneficiarios durante todo un ejercicio, esta relación deberá referirse, exclusivamente, al período de tiempo efectivo de titularidad de los mismos.

¿Quiénes tienen derecho a la devolución del gasóleo profesional?

  • Vehículos de motor y conjuntos de vehículos acoplados destinados exclusivamente al transporte de mercancías por carretera, por cuenta ajena o por cuenta propia, y con peso máximo autorizado igual o superior a 7,5 toneladas.
  • Los vehículos de motor destinados al transporte de pasajeros, regular u ocasional
  • Los taxis provistos de las preceptivas autorizaciones y de aparato taxímetro
  • Para poderse beneficiar del gasóleo profesional es obligatorio que los interesados utilicen tarjetas de pago de suministro de gasóleo respecto del cual solicitan la devolución en caso de suministrarse en gasolineras; aunque también se admitirá la devolución del gasóleo que se consuma en instalaciones de consumo propio que posean las empresas siempre que dicha instalación esté informatizada

Quienes quieran pueden tener toda la información sobre el gasóleo profesional visitando la web de la Agencia Tributaria