gasolinera

Antes del próximo martes 26 de enero de 2010, todos aquellos transportistas que se estén beneficiando del gasóleo profesional, tendrán que haber comunicado a la Agencia Tributaria los kilómetros que han recorrido con sus vehículos durante el 2009.

Requisitos para la Devolución del Gasóleo Profesional:

  • La cuantía máxima a devolver no puede exceder de 50.000 litros por vehículo y año tanto para autobuses como camiones. En el caso de los taxis la cantidad máxima será de 5.000 litros por vehículo y año.
  • Para el caso de los camiones, se pueden acoger a la devolución tanto los camiones de servicio público como los de servicio privado con una masa máxima autorizada igual o superior a 7’5 toneladas.
  • Para poderse beneficiar del gasóleo profesional es obligatorio que los interesados utilicen tarjetas de pago de suministro de gasóleo respecto del cual solicitan la devolución en caso de suministrarse en gasolineras; aunque también se admitirá la devolución del gasóleo que se consuma en instalaciones de consumo propio que posean las empresas siempre que dicha instalación esté informatizada .

Quienes quieran pueden tener toda la información sobre el gasóleo profesional visitando la web de la Agencia Tributaria