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En Andalucía, aún falta por celebrase la sexta convocatoria del 2013 para la obtención del CAP (Certificado de Aptitud Profesional) que acredita la cualificación inicial de determinados conductores que realizan transporte por carretera de mercancías y/o viajeros.

En la Comunidad Autonóma los plazos de presentación de solicitudes y las fechas de los exámens son diferentes en función de las provincias.

Huelva, Cádiz, Granada y Jaén

  • Plazo de solicitud: del 1 al 15 de noviembre de 2013.
  • Fecha del examen: Examen 14 de diciembre 2013.

Sevilla, Córdoba, Málaga y Almería

  • Plazo de solicitud: Finalizó el pasado 15 de octubre de 2013.
  • Fecha del examen: Examen 23 de noviembre 2013.

Requisitos para acceder al CAP en Andalucía:

  • Haber finalizado el curso de formación, ya sea en la modalidad ordinaria o acelerada, y no haber transcurrido más de seis meses entre su finalización y cualquiera de los días del plazo presentación de solicitudes computándose, a estos efectos, el más favorable para el interesado.
  • Tener la residencia habitual en la comunidad Autónoma de Andalucía, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, con independencia del lugar en que hubieran realizado el curso preceptivo. Se presumirá que la residencia habitual del aspirante se encuentra en el lugar en que figure su domicilio en el documento nacional de identidad en vigor. Solo se admitirá que el domicilio sea distinto al que aparece en
    dicho documento cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:
  • Que el aspirante acredite mediante certificado de empadronamiento que ha tenido su domicilio en la comunidad Autónoma de Andalucía al menos 185 días naturales del último año, contado desde el día de finalización del plazo de presentación de la solicitud.
  • Que el aspirante acredite que, aun habiendo tenido su domicilio en la comunidad Autónoma de Andalucía menos de 185 días del último año, contado desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se ha visto obligado por razones familiares o profesionales a cambiar su residencia a la comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Esta última circunstancia no se entenderá cumplida cuando se trate de una estancia temporal en una localidad para la realización de una actividad de duración determinada. La asistencia a una universidad, escuela, o centro docente, no implica el traslado de la residencia habitual.