emisoras

A partir de ahora los transportistas, y el resto de conductores, que quieran utilizar una emisora necesitarán una autorización administrativa para poderlo hacer.

Esto es debido a que el Ministerio de Industria ha aprobado el pasado mes de marzo la Orden ITC/751/2010, que modifica el Reglamento de uso del dominio público radioeléctrico de la banda ciudadana (denominado CB-27) como consecuencia de la evolución tecnológica y al compromiso de la Administración de reducir los trámites administrativos y facilitar el acceso al uso de esta banda de frecuencias.

Con este cambio en la normativa ahora en lugar de disponer de la autorización equipo a equipo habrá que disponer de una autorización general, necesaria para cualquier usuario que quiera utilizar este tipo de emisoras, muy extendidas entre los transportistas para comunicarse unos conductores con otros.

Con la nueva regulación quien disponga de autorización CB-27 podrá utilizar cualquier equipo que funcione en dicha banda y cumpla con la normativa vigente, además también se elimina la anterior posibilidad de que los titulares de una autorización CB-27 puedan autorizar a terceras personas el uso de sus radioemisoras, lo que se traduce en que a partir de ahora el empresario titular de la empresa de transporte no podrá autorizar a sus conductores, sino que ellos mismos deberán obtener su propia autorización.