El ADR (Acuerdo Europeo sobre el transporte internacional de cargas peligrosas por ví­a terrestre) es un acuerdo europeo firmado por varios paí­ses en Ginebra el 30 de septiembre de 1957 para regular el transporte de mercancí­as peligrosas por carretera.

El ADR fue realizado conforme las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas y rige en España por la adhesión hecha el 19 de octubre de 1972. Además de la mayorí­a de los paí­ses europeos, también lo han suscrito paí­ses asiáticos y del norte de África.
El acuerdo regula el embalaje, transporte, documentación y demás aspectos del transporte por carretera de las mercancí­as peligrosas, incluyendo la carga, descarga y almacenaje de las mismas, sea que el transporte se realice entre varios paí­ses o dentro del territorio de uno solo. Un aspecto importante es la determinación de las obligaciones y responsabilidades de cada uno de los intervinientes en las operaciones en orden a procurar evitar daños a las personas y cosas así­ como proteger al medio ambiente.

La nueva versión, correspondiente al año 2011, entró en vigor el primer dí­a de enero del presente año. Entre las variaciones más importantes respecto a la versión anterior del 2009 destacarí­amos los siguientes aspectos:
€¢ Apartado 1.4.3.7 referente a las responsabilidades del descargador
€¢ En el apartado 3.4 referente a las mercancí­as peligrosas embaladas en cantidades limitadas
€¢ En el apartado 5.4 las menciones de “peligro para el medioambiente”, “solución”, “residuos”.
€¢ Apartado 6.7 sobre el marcado de cisternas portátiles.
€¢ Apartado 8 sobre el nuevo modelo de certificado ADR de conductor (tarjeta)