El impago de las administraciones pone contra las cuerdas a las empresas de transporte de viajeros

El impago de la administraciones de los servicios contratados como el transporte escolar, ayudas y subvenciones destinadas a líneas de débil tráfico o cercanías, transportes urbanos y metropolitanos… está poniendo en una situación muy difícil a las empresas de transporte de viajeros.

Según explican desde la Federación Nacional Empresarial de Transporte en Autobús (Fenebús) los impagos de las administraciones a las empresas de transporte de viajeros está provocando que los empresarios no sólo tengan dificultades para pagar las nóminas sino que también tienen dificultades para suministrar carburante a sus vehículos.

Las deudas de la Administración del Estado con las empresas de transporte de viajeros por carretera alcanzaba ya en el mes de diciembre del 2011 los 1300 millones de euros, por lo que desde Fenebús considera que esta situación exige un tratamiento especial por parte de las Comunidades Autónomas, quienes deberían priorizar sus pagos y tener en cuenta que el transporte público está considerado como un servicio público esencial para los ciudadanos.

La Federación ha querido hacer un llamamiento a las Administraciones responsables de los distintos servicios de transporte para que pongan un especial interés en la solución del problema pagando sus deudas, sobre todo teniendo en cuenta que se trata de empresas que ya han cumplido con sus obligaciones frente a las arcas públicas y es ahora a la Administración a quien le corresponde hacer lo mismo.

Los transportistas de viajeros tendrán que cambiar el libro de reclamaciones

A partir del próximo año los transportistas que se dedican al transporte de viajeros por carretera tendrán que cambiar su libro de reclamaciones.

Tanto los autobuses como los taxis y las empresas de arrendamiento de vehículos con conductor están obligadas a tener un libro de reclamaciones en el que los usuarios pueden hacer constar sus quejas para que sean conocidas por la Administración, y a partir del 20 de enero del 2012 en ellos se debe incluir una nueva cláusula de protección de datos.

En el caso de que las empresas de transporte estén utilizando un libro de reclamaciones que se haya editado con anterioridad lo podrán seguir utilizando siempre y cuando añadan la nueva cláusula.

La nueva cláusula que deben incluir los libreos de reclamaciones de los transportistas dedicados al transporte de viajeros por carretera es la siguiente:

“Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero de la entidad titular de este libro de reclamaciones (razón social de la empresa); el responsable del fichero es (persona u órgano encargado del fichero y datos de contacto). El interesado autoriza la cesión de los datos personales al órgano de la Administración Pública que sea competente para la resolución de esta reclamación. Sin perjuicio de lo anterior, estos datos no se cederán sin su consentimiento, salvo en los supuestos previstos en la Ley. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrá interponerlos ante el responsable del fichero. Todo ello se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.”

4º Máster en Dirección y Gestión de Empresas de Transporte de Viajeros por Carretera

El próximo mes de octubre comenzará la nueva edición del Máster en Dirección y Gestión de Transporte de Viajeros por Carretera organizado por Asintra (Federación Española Empresarial de Transporte de Viajeros) en colaboración con ESIC (Business & Marketing School).

Se trata ya de la cuarta edición de este Máster que aporta a sus participantes una visión estratégica de la realidad empresarial del sector del transporte de viajeros por carretera.

El Máster en Dirección y Gestión de Transporte de Viajeros por Carretera tendrá una duración de 450 horas, de las que 375 serán horas lectivas, 70 se destinarán a trabajo teórico práctico para desarrollar el proyecto final, y las 5 restantes se dedicarán a la presentación de los proyectos ante el tribunal. En total el Máster durará 30 semanas que van de octubre del 2011 a julio del 2012.

Las horas lectivas se desarrollarán durante los fines de semana, en horario de viernes de 15 a 22 horas y sábados de 9 a 14 horas. Además también se realizarán 3 impactos intensivos, en los meses de noviembre del 2011, febreo y abril del 2012, estos impactos serán miércoles, jueves y viernes en horario de 9 a 14 horas y de 16 a 19 horas.

Para poder acceder a esta nueva edición del Máster en Dirección y Gestión de Transporte de Viajeros por Carretera es necesario poseer titulación universitaria de grado superior o ser profesionales de empresas del sector (fundamentalmente mandos medios y personal directivo) con trayectorias no inferiores a 5 años en dichos puestos.

El precio del Máster es de 9.500 euros y podrán asistir un máximo de 20 alumnos.

Quien quiera más infotmación sobre el 4º Máster en Dirección y Gestión de Transporte de Viajeros por Carretera puede consultar la web de Asintra

Asamblea Anual de Fenebús

La Federación Nacional de Empresarios de Transporte (Fenebús) ha celebrado el martes, 14 de junio, en Madrid su asamblea general anual.

Durante la celebración de esta asamblea se hizo un repaso a la actividad llevada a cabo durante el 2010, tanto en los asuntos que han ocurrido en el ámbito europeo como en el nacional, pero el tema estrella de la Asamblea fue la revisión tarifaria.

El presidente de la Federación, Juan Calvo, volvió a insistir en la necesidad de subir las tarifas, ya que según argumenta, “La subida del 1,7% resulta totalmente insuficiente, ni siquiera alcanza para soportar el incremento del carburante en el último año, de ahí que Fenebús seguirá insistiendo en la necesidad urgente de autorizar un incremento de tarifas con carácter extraordinario para recuperar el equilibrio económico de nuestras concesiones”.

Ante estas alegaciones el director general de Transporte Terrestre del Ministerio de Fomento, Manuel Villalante, ha reconocido que la revisión extraordinaria de las tarifas está plenamente justificada, aunque cree que se debe hacer un esfuerzo para que no todo el incremento vaya a las tarifas, a lo que alegó que “cuando baja la demanda de un bien de consumo lo que no hace ningún empresario es aumentar los precios” y ha insistido en la importancia de buscar un equilibrio.

Además Manual Villalante comunicó que la próxima semana está prevista una reunión con el Ministerio de Economía en la que se abordará este tema.

Preguntas examen capacitación profesional para el transporte de viajeros. Gestión comercial y financiera de la empresa (2ª parte)

Para continuar preparando el examen de capacitación profesional para el transporte de viajeros, hoy os dejamos unas preguntas de examen sobre el tema “Gestión comercial y financiera de la empresa”.

Algunas preguntas sobre Gestión comercial y financiera de la empresa:

¿Cómo se transmite un cheque al portador?

  • Mediante su simple entrega.
  • Mediante endoso.
  • No se puede transmitir.
  • Mediante contrato.

Solución: A

Ley 19/1985, 16-07-85 Artículo 120

Ley abreviada: Ley 19/1985

¿Cuál de los siguientes documentos o títulos de pago o crédito, no es regulado por la Ley cambiaria y del cheque?

  • La letra de cambio.
  • La tarjeta de crédito.
  • El pagaré.
  • El cheque.

Solución: B

Ley 19/1985, 16-07-85

Ley abreviada: Ley 19/1985

En un cheque el librador es:

  • La persona que recibe el cheque.
  • El que presenta el cheque en el banco.
  • La persona que expide y firma el cheque.
  • El banco depositario de los fondos que debe pagar el cheque.

Solución: C

Ley 19/1985, 16-07-85 Artículo 106

Ley abreviada: Ley 19/1985

En la letra emitida en el extranjero, ¿a quién corresponde la obligación de pagar el timbre?

  • Al primer tomador de la letra en España.
  • Al librador.
  • Al librado.
  • A quien acepte la letra.

Solución: A

En un pagaré intervienen sólo dos personas, que son:

  • Firmante y tenedor.
  • Tenedor y avalista.
  • Firmante y avalista.
  • Librador y Tenedor.

Solución: A

Ley 19/1985, 16-07-85 Artículo 94.7

Ley abreviada: Ley 19/1985

Si en la letra de cambio no figura el lugar de pago se supondrá que es aquél que aparece junto al nombre del:

  • Endosante.
  • Librado.
  • Librador.
  • Tomador.

Solución: B

Ley 19/1985, 16-07-85 Artículo 2

Ley abreviada: Ley 19/1985

Cuando en un cheque no figure la persona a la cual se avala se supondrá que el aval se ha prestado a favor del:

  • Aceptante.
  • Tomador.
  • Librado.
  • Librador.

Solución: D

Ley 19/1985, 16-07-85 Artículo 132

Ley abreviada: Ley 19/1985

En una letra de cambio el endosante es la persona que:

  • Transmite la propiedad de la letra.
  • Recibe la orden de pago.
  • La emite.
  • Acepta la letra.

Solución: A

Ley 19/1985, 16-07-85 Artículo 18

Ley abreviada: Ley 19/1985

Para la validez de un cheque es requisito imprescindible:

  • El domicilio del librador.
  • El nombre del librado.
  • El nombre del librador.
  • El lugar de pago del cheque.

Solución: B

Ley 19/1985, 16-07-85 Artículo 106

Ley abreviada: Ley 19/1985

¿Qué es el suplemento de una letra de cambio?

  • Una hoja adherida a ella por la que se amplía su contenido.
  • Una nueva letra de cambio.
  • La parte de atrás de la Letra en la que está la normativa aplicable.
  • Una hoja adherida con el único fin de aceptar la letra.

Solución: A

Ley 19/1985, 16-07-85 Artículo 13

Ley abreviada: Ley 19/1985

¿Qué entidad financiera en ningún caso puede ser avalista de un cheque?

  • La entidad bancaria que es el “librado” en el cheque que se avala.
  • Las Cajas de Ahorros.
  • La entidad bancaria donde el librador lo presenta al cobro.
  • Ninguna de las mencionadas en las preguntas anteriores.

Solución: A

Ley 19/1985, 16-07-85 Artículo 131

Ley abreviada: Ley 19/1985

De un cheque falso o falsificado sin culpa o negligencia del librador, responderá:

  • El endosante.
  • El librador.
  • El librado.
  • El tomador.

Solución: C

Ley 19/1985, 16-07-85 Artículo 156

Ley abreviada: Ley 19/1985

El firmante de un pagaré es:

  • Quién lo emite y lo hace efectivo.
  • A quién se ha de hacer el pago.
  • El banco depositario.
  • El que lo avala.

Solución: A

Ley 19/1985, 16-07-85 Artículo 94.7

Ley abreviada: Ley 19/1985

El crédito de provisión en la letra de cambio es:

  • El que existe entre tomador y librador.
  • El que existe entre el tomador y avalista.
  • El que existe entre librador y librado.
  • El que existe entre librador y avalista.

Solución: C

Ley 19/1985, 16-07-85 Artículo 69

Ley abreviada: Ley 19/1985

¿Cuál de los siguientes medios es un documento de pago?

  • Un cheque.
  • Una nómina.
  • Una factura.
  • Los tres anteriores lo son.

Solución: A

Ley 19/1985, 16-07-85 Artículo 106

Ley abreviada: Ley 19/1985

La persona que emite una letra de cambio recibe el nombre de:

  • Librador.
  • Librado.
  • Tomador.
  • Aceptante.

Solución: A

Ley 19/1985, 16-07-85 Artículo 1

Ley abreviada: Ley 19/1985

En una letra de cambio, el librado es:

  • La persona que tiene derecho al cobro.
  • La persona obligada a pagar.
  • Un comisionista.
  • Un endosante.

Solución: B

Ley 19/1985, 16-07-85 Artículo 1

Ley abreviada: Ley 19/1985

¿Puede el tomador de una letra transmitirla a otra persona para que la cobre?

  • No, pues son intransmisibles.
  • Sí, mediante el “endoso”.
  • Sí, mediante el “acepto”.
  • De cualquiera de las formas que figuran en las respuestas B y C

Solución: B

Ley 19/1985, 16-07-85 Artículo 14

Ley abreviada: Ley 19/1985

El “acepto” o “aceptación” es una declaración mediante la que:

  • El librado, en una letra de cambio, se compromete al pago en su vencimiento, estampando su firma.
  • Una persona acepta la transmisión de una letra.
  • El tomador de una letra admite la demora en el pago de la misma.
  • El librador acepta el pago efectivo de la letra.

Solución: A

Ley 19/1985, 16-07-85 Artículo 29

Ley abreviada: Ley 19/1985

¿Qué número de “endosos” puede realizarse, como norma general, en una letra de cambio?

  • Ninguno.
  • Un máximo de dos.
  • Como máximo tres.
  • Un número ilimitado, tantos como permita la vida temporal de la letra.

Solución: D

Ley 19/1985, 16-07-85 Artículo 14

Ley abreviada: Ley 19/1985

La persona o entidad que garantiza el pago de una letra por otra persona obligada, recibe el nombre de:

  • Avalado.
  • Avalista.
  • Acreedor.
  • Endosante.

Solución: B

Ley 19/1985, 16-07-85 Artículo 36

Ley abreviada: Ley 19/1985

Cuando una letra está girada “a la vista”, significa que:

  • Se pagará en el acto de su presentación.
  • Se pagará en un plazo desde la vista.
  • Existe un plazo máximo de 30 días desde la vista para pagarla.
  • Se pagará cuando se celebre la ” vista” del juicio por impago de la letra.

Solución: A

Ley 19/1985, 16-07-85 Artículo 39

Ley abreviada: Ley 19/1985

Las expresiones “títulos valores” y “fondos de inversión” son:

  • La misma cosa o términos equivalentes.
  • Cosas totalmente distintas.
  • Las letras de cambio y los cheques son en ocasiones títulos valores y en otras ocasiones fondos de inversión.
  • Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

Solución: B

Ley 19/1985, 16-07-85

Ley abreviada: Ley 19/1985

El acto notarial que acredita el impago o no aceptación de una letra se denomina:

  • Acción de regreso.
  • Descubierto.
  • Protesto.
  • Escritura.

Solución: C

Ley 19/1985, 16-07-85 Artículo 51

Ley abreviada: Ley 19/1985

Piden una nueva subida de la tarifa de los servicios regulares de transporte por carretera

Con el comienzo del año llegó una subida de 1,7% en las tarifas de los servicios regulares de transporte por carretera, pero esta incremento no es suficiente para cubrir la totalidad de los costes del servicio, por lo que el Comité Nacional de Transportes por carretera pide un nuevo incremento.

Para conseguirlo, la Federación Nacional Empresarial de Transporte en Autobús (Fenebús), desde la presidencia de la Sección de Servicios Regulares del Comité Nacional de Transportes por Carretera reclamará ante el Ministerio de Fomento un nuevo incremento de tarifas.

Con esta nueva subida de las tarifas se pretende cubrir todos los costes de explotación, por lo que desde Fenebús se pide que se autoricen “con carácter inmediato, o en su defecto, se establezca la correspondiente dotación presupuestaria para cubrir dicho déficit tarifario, como se viene autorizando a otros servicios esenciales y básicos como la electricidad”.

Fenebús esperaba una subida de tarifas no menor al 3% por parte de la Administración, según argumentan esta subida estaría “en línea con las subidas autorizadas a Renfe, 3,1% los billetes de los trenes de Cercanías y Media Distancia convencional y un 2,3% para los billetes del AVE, sobre todo teniendo en cuenta que otros servicios esenciales como la electricidad han conseguido la autorización para incrementar sus precios un 9,8% sobre el 10% solicitado por las empresas del sector energético”.

Las empresas de transporte de viajeros piden un nuevo Plan VIVE

Va a comenzar un nuevo año y el deseo para el nuevo año de las empresas de transporte de viajeros por carretera será un nuevo Plan VIVE de autobuses, ya que el vigente concluye este año y el Gobierno ha anunciado su intención de no renovarlo.

Las empresas de transporte de viajeros en autobús reclaman al Gobierno un nuevo Plan VIVE 2011-2012 que les permita renovar su flota de autobuses en los próximos dos años.

Según se ha explicado desde la patronal Asintra (Federación Española Empresarial de Transporte de Viajeros), la petición del nuevo Plan VIVE es una de las propuestas “para mejorar el transporte de pasajeros por carretera” elaboradas por el sector a través del Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC).

Cuando el Gobierno decidió sacar la ayuda, en junio del 2009, se pretendía cumplir un triple objetivo promover y renovar el parque de vehículos de transporte colectivo, estimular el mercado y ayudar al sector de la automoción, y contribuir a la reducción de la emisión de gases contaminantes, objetivos que siguen siendo actuales por lo que de nuevo tendría sentido otro Plan VIVE.

Las empresas de transporte de viajeros por carretera, además de pedir un Plan VIVE nuevo, también tienen como deseos para el año nuevo la articulación de un plan de promoción exterior e internacionalización de las empresas del ramo, poder actualizar sus tarifas durante el primer trimestre de cada año, agilizar la construcción de infraestructuras específicas (carriles Bus VAO o plataformas multimodales) y lanzar un plan de modernización de estaciones de autobús.

Ahora sólo hace falta ver si el sector ve cumplidos, al menos, algunos de sus deseos.

3º Máster en Dirección y Gestión de Empresas de Transporte de Viajeros por Carretera

De nuevo, el 12 de noviembre, se vuelve a poner en marcha el Máster en Dirección y gestión de Empresas de Transporte de Viajeros por Carretera, con el que se prentede dotar a los alumnos de una visión estrátegica el sector del transporte de viajeros por carretera.

Esta será la tercera edición del máster, que está avalado y promovido por el Ministerio de Fomento, y que es posible gracias a la colaboración entre la Federación Española Empresarial de Transporte de Viajeros (ASINTRA) y ESIC, Business & Marketing School.

Según indican los organizadores del tercer Máster en Dirección y gestión de Empresas de Transporte de Viajeros por Carretera, su principal objetivo es transmitir a nuestros profesionales las habilidades personales y experiencias necesarias para llevar a cabo una gestión y dirección eficaz de la empresa, algo especialmente importante ya que el entorno cada vez es más competitivo y está más influenciado por la globalización.

Para formar a los profesionales del sector, durante el máster, que tiene una duración de 450 horas, se tratarán exhaustivamente todos los aspectos necesarios para aumir la dirección de un empresa dedicada al transporte de viajeros por carretera, y los contenidos, que serán tanto teóricos como prácticos, serán constrastados, debatidos y analizados tanto por los ponentes como por los participantes en el máster.

En total podrán participar en este máster un total de 20 personas, que deberán poseer titulación universitaria de grado superior o ser profesionales de empresas del sector (fundamentalmente mandos medios y personal directivo) con trayectorias no inferiores a 5 años en dichos puestos.

Quien quiera más información sobre el máster puede consultarla en Asintra

Los trabajadores de Tuzsa convocan 7 jornadas de huelga

Desgraciadamente las noticias sobre huelgas en el sector del transporte por carretera son más habituales de lo que nos gustaría. En esta ocasión quien ha convocado una huelga es el Comité de empresa de Tuzsa, concesionaria del servicio de transporte público urbano de Zaragoza.

Esta convocatoria de huelga es la consecuencia de la “falta de voluntad” negociadora de la empresa después de más de nueve meses de negociaciones de convenio y más de 29 reuniones “sin alcanzar acuerdo alguno, mientras las sanciones y expedientes siguen aumentando hacia los trabajadores de la empresa”.

El Comité de Tuzsa ha convocado 7 jornadas de huelga, que se llevarán a cabo los días 27, 28 y 29 de septiembre y los días 1,2 y 3 de octubre, durante estos días se pararán dos horas por cada turno, y además no habrá servicio el día 29 de septiembre. Según informan desde el propio Comité “para el servicio de autobús los paros se realizarán de 5 a 7 de la mañana y de 21 a 23 horas y en el resto de las secciones será en las dos primeras horas de cada turno, salvo el día 29, que será de las 0 a las 24 horas”.

Los trabajadores están dispuestos a negociar con la empresa siempre que se trate de una negociación real y respetuosa en materia social, y estarían dispuestos a desconvocar la huelga si se retiran todos los expedientes abiertos, se archiven y prescriban el resto y anulen los que están pendientes de juicio y que las tareas que realizan las subcontratas sean cubiertas con trabajadores de la compañía.

Entre sus peticiones también se encuentran un calendario para la instalación de aseos en los finales de línea, que se restablezcan los tiempos de recorrido elaborados por el Consorcio entre 2008 y 2009 y la presencia de un moderador en las reuniones de convenio.

Esperamos que el conflicto entre Tizsa y sus trabajadores se pueda resolver satisfactoriamente.

Se amplía la flota de autobuses de L’Hospitalet

Hoy han comenzado a funcionar en la red de transporte público de L´Hospitalet de Llobregat, en la provincia de Barcelona, 11 nuevos autobuses.

Los nuevos vehículos de la Entidad Metropolitana de Transporte (EMT) se han distanado a prestar servicio en las líneas L12, que comunica la avenida de la Diagonal de Barcelona con el barrio de Almeda de Cornellà, pasando por L’Hospitalet, y L14, que une el barrio de Bellvitge y su hospital con la calle Numància de Barcelona.

Gracias a la incoporación de estos nuevos 11 autoboses, 3 para sustituir a vehículos que estaban en circulación y 8 nuevos, 4 para cada una de las líneas, se conseguirá que el tiempo de espera de los autobuses de estas líneas, que transportan a 5 millones de usuarios al año, se reduzca de los 11 a los 7 minutos.

Entre las ventajas de los nuevos vehículos se encuentran que están adaptados para personas con movilidad reducida y tienen menos emisiones contaminantes ya que cuentan con un sistema medioambiental especial para cumplir con la normativa europea de emisiones.

Con la incorporación de estos nuevos vehículos, la EMT inicia la mejora de su flota de autobuses. Desde ahora hasta finales de año se incorporarán 90 vehículos nuevos que permitirán reducir la frecuencia de paso de varias líneas y la creación de una nueva línea, cuyo trayecto está en definición.

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