El pasado sábado 4 de febrero se publicó en el B.O.E nº 30 la resolución de la Dirección General de Tráfico (DGT) por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2012.

La DGT establece que «por razones de seguridad vial, movilidad y fluidez» regulará la circulación de vehículos destinados al transporte en fechas en las que se prevén desplazamientos masivos de vehículos.

El transporte de mercancías peligrosas tendrá que realizarse a través de la Red de Itinerarios de Mercancías Peligrosas (RIMP) aunque están exentos de esta prohibición los vehículos que transporten gases licuados para uso doméstico o para su distribución, materias destinadas al aprovisionamiento de estaciones de servicio, combustibles con destino puertos, aeropuertos o transporte ferroviario y gasóleos de calefacción para uso doméstico.

Para conocer todas las restricciones a la circulación por carreteras de España durante 2012, consulte la resolución.