gasolinera

Desde que comenzó el nuevo año, el 1 de enero de 2010, ha quedado establecido el nuevo importe de la devolución por parte de la Agencia Tributaria para todos aquellos transportistas que estén inscritos en el Censo de Beneficiarios del Gasóleo Profesional, por lo que los transportistas con camiones de mas de 7’5 toneladas, autobuses o taxis se beneficiarán de 0,29 euros por litro en concepto de gasóleo profesional.

Esta cantidad se ingresará automáticamente cada trimestre en la cuenta bancaria del transportista que se haya designado en la solicitud.

Un requisito indespensable para que los transportistas se puedan beneficiar de esta devolución es que paguen el combustitible que se suministren en las gasolineras con tarjetas de pago de carburantes específicas, entre las que se encuentran tarjetas como la Solred, Cepsa Star, Shell, Galp, BP, AGIP, IDS… lo que quiere decir que los suministros que se paguen al contado o con tarjetas bancarias nos se podrañs beneficiar de la devolución del gasóleo profesional.

Quienes aún no estén inscritos en el Censo de Beneficiarios del Gasóleo Profesional de la Agencia Tributaria se pueden inscribir en cualquiera de las asociaciones territoriales de Fenadismer, que en base al Convenio de Colaboración suscrito entre Fenadismer y la Agencia Tributaria, procederá a su inscripción como beneficiario. A partir del mismo día de inscripción, todos los consumos de gasóleo realizados darán derecho a devolución, sin que el transportista tenga que realizar ningún trámite adicional para recibir el importe de la devolución automáticamente en su cuenta bancaria.

Fuente: Fenadismer