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Mucho ha dado que hablar el impuesto conocido como céntimo sanitario, y ahora resulta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera que esta tasa es ilegal y vulnera la legislación comunitaria.

Según el tribunal europeo «no procede limitar en el tiempo los efectos de esta sentencia, ya que el Gobierno español y la Generalitat de Catalunya no obraron de buena fe al mantener este impuesto en vigor durante más de diez años«, por lo que la buena noticia es que los transportistas españoles podrían obtener una devolución de hasta 2.300 millones de euros indebidamente recaudados por dicho impuesto. Se estima que las cifras totales a reclamar correspondientes a los últimos 5 años por cada vehículo de transporte pueden alcanzar los 16.000 euros en el caso de un camión y de 14.000 euros en el caso de un autobús.

La medida estuvo en vigor entre los años 2002 y 2012, y recaudó un total de 13.000 millones de euros según estimaciones de España gravando las ventas al por menor de determinados hidrocarburos, como la gasolina o el gasóleo. El impuesto tenía un tramo estatal y otro que podrían aplicar las comunidades autónomas, y el argumento para justificar su implantación fue el de aumentar los ingresos para la sanidad pública.

El Tribunal de Luxemburgo declara claramente que el conocido como “céntimo sanitario” vulnera la Directiva comunitaria sobre Impuestos Especiales, por considerar que carece de una finalidad específica y teniendo por el contrario, una finalidad meramente presupuestaria.

La Sentencia deja perfectamente claro que no procede limitar en el tiempo los efectos de la misma, por lo que a partir de este momento, será necesario iniciar una valoración jurídica sobre el camino a recorrer, así como valorar la situación de los procedimientos ya iniciados contra la administración, así como los nuevos cauces jurídicos que puedan plantearse respecto de aquellos que no hubieran presentado con anterioridad a la sentencia reclamación alguna.