Cada dos año se publica un nuevo ADR, que recoge el acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera, y el ADR 2009 ya ha sido editado por el Ministerio de Fomento, en su serie de normativas.

El nuevo texto ADR 2009 entró en vigor el 1 de enero, aunque contiene una disposición transitoria que permite utilizar el ADR 2007 hasta el 30 de junio, pero la fecha límite en que ambos podían convivir está ya muy próxima, por lo que ya se empieza a hacer imprescindible conocer el nuevo texto, especialmente en el caso de los Consejeros de Seguridad.

Con esta nueva publicación dispositiva se enmienda a la versión del 2007, y hay importantes cambios entre ellas, en el nuevo texto del ADR se incluyen las variantes que las normativas internas de los Estados mantienen, y de este modo se asegura un marco reglamentario coherente a nivel europeo.

Las empresas que se verán más afectadas por este nuevo ADR son las que están relacionadas con la carga, descarga o el transporte de mercancías peligrosas, que además se tendrán que adaptar a esta nueva norma antes del 1 de julio.

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