Los transportistas y taxistas que se quieran beneficiar del gasóleo profesional tienen que declarar, antes del 31 de Marzo del 2013, los kilómetros anuales del 2012 a la Agencia Tributaria. Además con esta declaración la Agencia Tributaria también les devolverá el recargo autonómico del céntimo sanitario sobre los carburantes, que asciende hasta los 4’8 céntimos por litro de carburante repostado, que aplican las Comunidades Autónomas.

Para calcular la cuantía de la devolución del Gasóleo Profesional se tiene en cuenta la diferencia entre el impuesto de hidrocarburos que se aplica al gasóleo de uso particular, ya que los surtidores en los que repostamos no diferencian el suministro de particulares del de transportistas, por lo que al repostar estamos pagando el impuesto aplicado a los particulares y es posteriormente cuando la Agencia Tributaria nos devuelve la diferencia a través del Gasóleo Profesional.

Además al declarar los kilómetros del 2012 a la Agencia Tributaria se nos devolverá el gravamen proveniente del céntimo sanitario recaudado en las Comunidades Autónomas  que han acordado su devolución, actualmente estas Comunidades son la Comunidad Valenciana, Castilla-León, Baleares, Castilla-La Mancha, Cantabria, Navarra, Extremadura y Murcia, y próximamente Asturias también devolverá el céntimo sanitario a los transportistas.

Las Comunidades en las que no se devolverá el céntimo sanitario son Andalucía, Galicia, Madrid y Cataluña (donde sólo se devuelve a los transportistas residentes en Cataluña y no del resto de España que repostan en la Comunidad, por lo que incumplen la ley estatal que regula el régimen de devolución del céntimo sanitario a los transportistas).