Capacitación Profesional Transporte. Casos prácticos sobre El transportista como empresario mercantil en el transporte de mercancías

Hoy os dejamos unos casos prácticos de examen de Capacitación Profesional de Transporte que permite el transporte tanto nacional como internacional de mercancías por carretera.

Los casos prácticos que os dejamos hoy son sobre el tema “El transportista como empresario mercantil”.

Algunas casos prácticos sobre El transportista como empresario mercantil:

Por diversos problemas acaecidos desde el otorgamiento de la escritura de constitución de una sociedad cooperativa de primer grado, transcurren unos quince meses sin que se haya inscrito en el Registro de Sociedades Cooperativas. ¿Podrá dicho Registro denegar definitivamente su inscripción?. Razone la respuesta.

Solución: Sí, porque han transcurrido más de doce meses desde el otorgamiento de la escritura de constitución sin que se haya inscrito en el Registro.

Ley norma: Ley 27/1999, 16-07-99 Artículo 10.2

Ley abreviada: Ley 27/1999

Con fecha 29 de marzo, una persona física formula por escrito al Consejo Rector de una sociedad cooperativa su solicitud para adquirir la condición de socio. ¿En cuanto tiempo deberá el Consejo Rector resolver y comunicar su decisión?. En caso de no pronunciarse al respecto, ¿cuándo puede considerarse como estimada la solicitud?.

Solución: El Consejo Rector deberá comunicar su decisión en un plazo no superior a tres meses. Pasados tres meses de la fecha de solicitud sin haber recibido contestación al respecto.

Ley norma: Ley 27/1999, 16-07-99 Artículo 13.1

Ley abreviada: Ley 27/1999

Tras solicitar su admisión como socio de una cooperativa, el Consejo Rector comunica al solicitante, a los cuarenta días de recibida la solicitud, que la misma ha sido denegada. ¿De cuánto tiempo dispone el solicitante para recurrir dicha decisión y ante quién debe hacerla?.

Solución: 20 días desde la fecha de notificación del acuerdo del Consejo Rector. Debe recurrir ante el Comité de Recursos o ante la Asamblea General de la cooperativa.

Ley norma: Ley 27/1999, 16-07-99 Artículo 13.2

Ley abreviada: Ley 27/1999

Una persona se admite como socio de trabajo de una sociedad cooperativa por el Consejo Rector. ¿Cuál es la aportación obligatoria al capital social que se le puede exigir?. ¿Se le reintegrará si causa baja una vez transcurrido el período de vinculación?.

Solución: La aportación obligatoria no podrá superar el 10% de la exigida a los socios de carácter indefinido y le será reintegrada en el momento de causar baja.

Ley norma: Ley 27/1999, 16-07-99 Artículo 13.6

Ley abreviada: Ley 27/1999

Habiéndose previsto la existencia de socios colaboradores en una sociedad cooperativa, se decide la admisión en la misma de un socio colaborador. ¿Cuál será el límite de la responsabilidad de dicho socio por las deudas sociales de la cooperativa?. Y si causa baja voluntaria en la misma, ¿durante cuanto tiempo responderá por las deudas sociales?.

Solución: Estará limitada a las aportaciones al capital social que hubiera suscrito. Responderá por las deudas sociales contraídas por la cooperativa antes de su baja durante 5 años, como maximo, desde que dejó de ser socio. Si así lo dictan los estatutos.

Ley norma: Ley 27/1999, 16-07-99 Artículo 14 y 15

Ley abreviada: Ley 27/1999

En una sociedad cooperativa con un capital social de 601.012,10 euros se pretende la admisión de socios colaboradores que aporten 540.910,89 euros. ¿Es admisible este porcentaje de participación de los socios colaboradores en el capital social?. ¿Cuál es el límite de las aportaciones de los mismos al capital social?.

Solución: No es admisible. El límite es no superar el 45% del total de las aportaciones.

Ley norma: Ley 27/1999, 16-07-99 Artículo 14

Ley abreviada: Ley 27/1999

Si un socio decide voluntariamente darse de baja de una sociedad cooperativa, cuyos estatutos no señalan condiciones especiales al respecto. ¿Qué procedimiento deberá seguir para darse de baja voluntaria?.

Solución: Deberá hacerlo mediante un preaviso por escrito al Consejo Rector, en el plazo que fijen los estatutos de esa cooperativa, que no podrá ser superior a un año.

Ley norma: Ley 27/1999, 16-07-99 Artículo 17

Ley abreviada: Ley 27/1999

Una sociedad cooperativa cierra su ejercicio económico el 1 de marzo. ¿Hasta que fecha dispone el Consejo Rector para convocar la asamblea general ordinaria?.

Solución: Hasta el 1 de septiembre del mismo año, el Consejo Rector tiene un plazo de 6 meses para convocar la asamblea.

Ley norma: Ley 27/1999, 16-07-99 Artículo 23.1

Ley abreviada: Ley 27/1999

Transcurridos 7 meses desde el cierre del ejercicio económico de una cooperativa, y sin que se haya convocado la asamblea general ordinaria, los interventores instan del Consejo Rector su celebración. Después de un mes de recibir el requerimiento, el Consejo Rector sigue sin convocarla. ¿Cuál será el procedimiento a seguir a continuación?.

Solución: Los interventores, o bien cualquier socio, instarán al juez competente para que la convoque.

Ley norma: Ley 27/1999, 16-07-99 Artículo 23.1 2

Ley abreviada: Ley 27/1999

Un socio de una cooperativa comete una falta grave, tipificada como tal en los estatutos de dicha cooperativa, en el mes de enero del año 2009. En julio del mismo año se le notifica a dicho socio el procedimiento sancionador levantado por la comisión de dicha falta. ¿Es procedente la notificación efectuada?. ¿De quién es competencia la facultad sancionadora?.

Solución: No porque las infracciones prescriben a los 4 meses de cometidas. Es competencia del Consejo Rector.

Ley norma: Ley 27/1999, 16-07-99 Artículos 18.1,2 y 3

Ley abreviada: Ley 27/1999

En una sociedad cooperativa, un grupo de socios que representa un 18% del total de los votos, efectúa una petición fehaciente al Consejo Rector para que éste convoque una asamblea general extraordinaria. ¿Es suficiente este número de socios para solicitar la convocatoria de una asamblea general extraordinaria?. ¿Qué porcentaje del total de los votos es necesario para convocarla?.

Solución: No es suficiente, se necesita un 20%, como mínimo, del total de los votos.

Ley norma: Ley 27/1999, 16-07-99 Artículo 23.3

Ley abreviada: Ley 27/1999

Una sociedad cooperativa de 600 socios, publica en su domicilio social con fecha 15 de febrero la convocatoria de una asamblea general a celebrar el 1 de marzo del mismo año, en primera convocatoria, incluyendo los asuntos que componen el orden del día, la fecha, hora y lugar de la reunión. Dicha convocatoria es recurrida por unos socios. ¿Tiene algún defecto la convocatoria?.

Solución: Sí, debe publicarse en un diario de gran difusión en el territorio en el que tenga su ámbito de actuación, con un plazo mínimo de 15 días, por lo que en este caso se ha incumplido tanto el plazo como el requisito de la publicación, al ser la cooperativa de más de 500 socios.

Ley norma: Ley 27/1999, 16-07-99 Artículo 24.1,2

Ley abreviada: Ley 27/1999

En una sociedad Cooperativa de 100 socios, un grupo de 18 socios, efectúa una petición fehaciente al Consejo Rector para que este convoque una asamblea general extraordinaria. ¿Es suficiente este número de socios para solicitar la convocatoria de una asamblea general extraordinaria?. ¿Por qué?.

Solución: No es suficiente, se necesita un 20%, como mínimo, del total de los votos.

Ley norma: Ley 27/1999, 16-07-99 Artículo 23.3

Ley abreviada: Ley 27/1999

Los acreedores de un empresario mercantil, ante el cese general de pagos del mismo, deciden solicitar la declaración de concurso de dicho empresario. Cite uno de los motivos en los que deberán fundar su petición.

Solución: El Título por el cual se haya despachado ejecución o apremio, sin que resultasen bienes suficientes para el pago de las deudas: – El sobreseimiento general en el pago de las obligaciones del deudor. – La existencia de embargos que afecten de una manera general al patrimonio del deudor.

Ley norma: Ley 22/2003, 09-07-03 Artículo 2.4

Ley abreviada: Ley 22/2003

Capacitación Profesional Transporte, próximas pruebas en Madrid en el mes de noviembre

madrid

En la Comunidad de Madrid se celebrarán en el mes de noviembre las pruebas correspondientes a la segunda convocatoria del 2010 para obtener la Capacitación Profesional de Transporte que permite realizar el transporte nacional e internacional de mercancías y/o viajeros.

Segunda convocatoria del 2o10 de las pruebas de Capacitación Profesional de Transporte en Madrid:

Requisitos para poder acceder a las pruebas:

  • Tener domicilio en la Comunidad de Madrid.
  • Si el domicilio del DNI no corresponde a Madrid se debe acreditar con el certificado de empadronamiento del municipio madrileño donde se resida, debe tener una antigüedad en el municipio de al menos 185 días antes de que finalice el plazo de inscripción a las pruebas.
  • Si se ha visto obligado, por razones familiares o laborales, a cambiar de residencia fuera de la Comunidad se puede acceder a las pruebas siempre que se pueda acreditar.
  • Justificante del abono de las tasas por cada prueba a la que se vaya a presentar.

Plazo de inscripción a las pruebas: del 1 al 17 de septiembre del 2010, ambos incluidos.
Fecha y hora de las pruebas:

  • Transporte de mercancías: sábado 13 de noviembre de 2010.
    Transporte de viajeros: jueves 11 de noviembre de 2010.

Lugar de las pruebas: Centro Integrado de Formación Profesional Raúl Vazquez Crta Villaverde-Vallecas km 4

Capacitación Profesional de Transporte. Preguntas de examen sobre El transportista como empresario mercantil en el transporte de mercancías

preguntas-examen

Hoy os dejamos unas preguntas de examen de capacitación profesional de transporte para ejercer el transporte nacional e internacional de mercancías por carretera. Las preguntas son sobre el tema “El transportista como empresario mercantil”.

Las podéis complementar con las preguntas que ya os hemos dejado sobre este mismo tema.

Algunas preguntas sobre El transportista como empresario mercantil:

El Código Comercio exige:

  • 1. Que el comerciante individual y las sociedades se inscriban en el Registro Mercantil.
  • 2. Que todas las sociedades se constituyan con un capital mínimo de 601.012,10 euros.
  • 3. Que las sociedades se constituyan en escritura pública que ha de inscribirse en el Registro Mercantil.
  • 4. Que las sociedades estén constituidas por un mínimo de 50 socios.

Solución: C

Ley norma: Código Comercio Artículo 16

Ley abreviada:Código Comercio/1885

Los Registros Mercantiles dependen del Ministerio de Justicia y radican en:

  • 1. Los Juzgados de las poblaciones con más de 100.000 habitantes.
  • 2. Los Ayuntamientos de las capitales de provincia.
  • 3. Las oficinas propias establecidas en las capitales de provincia y en otras poblaciones donde reglamentariamente se disponga.
  • 4. En las capitales de las Comunidades Autónomas.

Solución: C

Ley norma: Real Decreto 1784/1996, 19-07-96 Artículos 15 y 1, Código Comercio Artículo 17

Ley abreviada: RD 1784/1996

Cuando un hecho ha sido inscrito en el Registro Mercantil, ¿puede alguien que esté interesado en el mismo, alegar que ignoraba dicha inscripción?:

  • 1. Sí puede alegarlo.
  • 2. No, ya que una vez inscrito se presume que es conocido por todos.
  • 3. No puede alegarlo ya que es obligatorio el conocimiento de los hechos inscritos en el Registro Mercantil.
  • 4. Se puede alegar la ignorancia cuando el hecho inscrito no tenga una antigüedad superior a un mes.

Solución: B

Ley norma: Código Comercio Artículos 20 y 23

Ley abreviada: Código Comercio/1885

¿Quién estará obligado a inscribirse en el Registro mercantil?:

  • 1. Las Sociedades mercantiles.
  • 2. Los empresarios individuales y las sociedades mercantiles.
  • 3. Las Sociedades Anónimas, exclusivamente.
  • 4. Los comerciantes individuales exclusivamente.

Solución: A

Ley norma: Código Comercio Artículos 16.1 y 2, Real Decreto 1784/1996, 19-07-96 Artículo 2

Ley abreviada:Código Comercio/1885

Como norma general, en el Registro Mercantil:

  • 1. Las inscripciones se practican de oficio por el Registrador.
  • 2. Las inscripciones son libres y se practican a petición de parte con la presentación de cualquier escrito.
  • 3. Se puede inscribir cualquier escrito.
  • 4. Se practican a petición de parte y por medio de escritura pública o documento judicial.

Solución: D

Ley norma: Código Comercio Artículo 19, Real Decreto 1784/1996, 19-07-96 Artículo 5

Ley abreviada:Código Comercio/1885

En la hoja abierta a cada sociedad en el Registro Mercantil se inscribe obligatoriamente lo que se refiere a continuación, excepto:

  • 1. La constitución de la sociedad.
  • 2. El Capital Social y sus variaciones.
  • 3. El nombre de los socios en las Sociedades Anónimas.
  • 4. El nombramiento y cese de Administradores.

Solución: C

Ley norma: Real Decreto 1784/1996, 19-07-96 Artículo 94

Ley abreviada:RD 1784/1996

Las Sociedades extranjeras que quieren establecer sucursales en España:

  • 1. Deben justificar que están inscritas en el Registro Mercantil de su país.
  • 2. Basta con que se inscriban en su embajada.
  • 3. No es necesaria ninguna inscripción.
  • 4. Deben inscribirse obligatoriamente en el Registro Mercantil.

Solución: D

Ley norma: Real Decreto 1784/1996, 19-07-96 Artículo 81, Código Comercio Artículos 15 y 19

Ley abreviada:RD 1784/1996

Los Registros mercantiles, ¿de qué Ministerio dependen?:

  • 1. Del Ministerio de Hacienda.
  • 2. Del Ministerio de Industria.
  • 3. Del Ministerio de Justicia.
  • 4. Del Ministerio del Interior.

Solución: C

Ley norma: Real Decreto 1784/1996, 19-07-96 Artículo 1

Ley abreviada:RD 1784/1996

¿En qué clases de sociedades no responden personalmente los socios?:

  • 1. Colectivo.
  • 2. Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada.
  • 3. Colectiva y Comanditaria.
  • 4. Sociedad Anónima y Colectiva.

Solución: B

Ley norma: Ley 19/1989, 25-07-89 Artículo 1, Ley 2/1995, 23-07-95 Artículo 1

Ley abreviada:Ley 19/1989

Para que una sociedad mercantil quede constituida, después de otorgar Escritura Pública debe cumplirse el siguiente registro:

  • 1. Desembolsar una 4ª parte del Capital.
  • 2. Desembolsar totalmente el capital.
  • 3. Inscribirse en el Registro Mercantil.
  • 4. Inscribirse en el Registro Civil.

Solución: C

Ley norma: Código Comercio Artículo 119

Ley abreviada:Código Comercio/1885

Señale cual de las que se cita a continuación no es sociedad mercantil:

  • 1. Sociedad de gananciales.
  • 2. Sociedad de garantía recíproca.
  • 3. Sociedad laboral.
  • 4. Sociedad anónima.

Solución: A

Ley norma: Código Civil Artículo 1344

Ley abreviada:Código civil/1889

El carácter personalista de las sociedades colectivas implica que:

  • 1. El socio colectivo no puede transmitir a otra persona su interés en la compañía sin autorización de los demás socios.
  • 2. Cada socio tenga una responsabilidad limitada.
  • 3. La sociedad no se disuelve por la muerte de un socio.
  • 4. En caso de deudas sociales responderá en primer lugar el socio, y después la sociedad, salvo que la responsabilidad no pueda determinarse por criterios objetivos.

Solución: A

Ley norma: Código Comercio Artículo 143

Ley abreviada:Código Comercio/1885

La administración de la sociedad comanditaria por acciones corresponde:

  • 1. Al socio comanditario.
  • 2. Al gestor.
  • 3. Al socio colectivo designado.
  • 4. Al síndico.

Solución: C

Ley norma: Código Comercio Artículo 155

Ley abreviada:Código Comercio/1885

Si un socio comanditario incluye su nombre en la razón social de la compañía:

  • 1. No implica consecuencia alguna.
  • 2. Se modifica su responsabilidad.
  • 3. Pierde derecho al voto.
  • 4. La Sociedad se transforma en anónima.

Solución: B

Ley norma: Código Comercio Artículo 147

Ley abreviada:Código Comercio/1885

En caso de pérdidas en la sociedad comanditaria, el socio comanditario:

  • 1. Perderá una parte de su aportación, como máximo.
  • 2. Solo podrá llegar a perder lo aportado u obligado a aportar en la sociedad.
  • 3. Puede llegar a perder más de lo que aportó.
  • 4. No le afectarán las pérdidas.

Solución: B

Ley norma: Código Comercio Artículo 148

Ley abreviada:Código Comercio/1885

Para la disolución de una sociedad comanditaria se requiere:

  • 1. Consentimiento de los socios colectivos únicamente.
  • 2. Sólo el consentimiento de los socios comanditarios.
  • 3. No es necesario ninguno.
  • 4. El consentimiento tanto de los socios colectivos como comanditarios.

Solución: D

Ley norma: Real Decreto 1784/1996, 19-07-96 Artículo 217

Ley abreviada:RD 1784/1996

Las personas a quienes se encomienda la administración de una Sociedad Colectiva deberán aparecer designadas en:

  • 1. El libro de actas de la sociedad.
  • 2. La escritura social.
  • 3. El contrato de constitución.
  • 4. Código de comercio.

Solución: B

Ley norma: Código Comercio Artículo 125.4º

Ley abreviada:Código Comercio/1885

La administración de una Sociedad Colectiva, ¿puede conferirse a una persona extraña a la Sociedad?:

  • 1. No, en ningún caso.
  • 2. Sí, si existe relación familiar.
  • 3. Sí, si existe relación comercial con la empresa.
  • 4. Sí, si consta así en la Escritura social.

Solución: D

Ley norma: Código Comercio Artículo 125

Ley abreviada:Código Comercio/1885

La aportación que efectúa un socio en una Sociedad Anónima, si la realiza en el mismo momento de la fundación de la sociedad, recibe como contrapartida:

  • 1. Obligaciones fundacionales.
  • 2. Acciones si son nominativas o en otro caso obligaciones.
  • 3. Acciones liberadas.
  • 4. Obligaciones.

Solución: C

Los títulos que emite una Sociedad Anónima, en los que reconoce la existencia de una deuda en esa sociedad a favor de quien los adquiere se denominan:

  • 1. Acciones nominativas.
  • 2. Obligaciones.
  • 3. Pagarés.
  • 4. Cheques.

Solución: B

Ley norma: Código Comercio Artículo 282

Ley abreviada:Código Comercio/1885

Capacitación Profesional Transporte, lista definitiva de aptos de las pruebas del 2010 en Asturias

asturias

En Asturias se han publicado las listas definitivas de los aspirantes que han superado las pruebas para la obtención del título de Capacitación Profesional de Transporte.

Aptos en Capacitación Profesional de Transporte en Asturias:

Capacitación Profesional para el transporte de mercancías:

  • ACEBAL HORTAL, LUIS
  • AGUILERA COLLADA, FRANCISCO
  • ALONSO ESTRADA, ANDRES
  • ALONSO LABRA, RUBEN
  • ALONSO MARTINEZ, PABLO
  • ALVAREZ ALVAREZ, JOSE MARIA
  • ALVAREZ CARRILES, VICTOR MANUEL
  • ALVAREZ GONZALEZ, ALFREDO
  • ALVAREZ GONZALEZ, LUIS MIGUEL
  • ALVAREZ HERIAS, EDUARDO ALBERTO
  • ALVAREZ REY, CLAUDIA SUSANA
  • ALVAREZ RODRIGUEZ ,CARLOS
  • AMIGO SANCHEZ, JOSE
  • ARIAS ESCOBAR, CARLOS
  • ARIAS TABARES, MARIA GRISELDA
  • BADA RUIZ, IGNACIO
  • BADIOLA RODRIGUEZ, ROBERTO JAVIER
  • BASANTA CASTRILLON, DAVID
  • BERDAYES FERNANDEZ, MONICA
  • BERNAL ALVAREZ, DIEGO
  • BORRUEL MELER, MARIA TERESA
  • BRAÑA GUTIERREZ, FRANCISCO JAVIER
  • BRAÑA ORVIZ, JORGE
  • BRAÑA ORVIZ, PEDRO
  • CALVO IGLESIAS, PABLO
  • CANELLADA ALONSO, ENRIQUE
  • CANTERO GONZALEZ, ALFONSO
  • CARTATEGUI MENDEZ, JUAN CARLOS
  • COLINO VEGA, RICARDO
  • COLLAZO FIDALGO, ALBERTO
  • FANO RODRIGUEZ, FLORENTINA
  • FERNANDEZ ALVAREZ, LAURA
  • FERNANDEZ ARGUELLES, ALBERTO
  • FERNANDEZ BARRERO, FELIX
  • FERNANDEZ DE LA FUENTE, DAVID
  • FERNANDEZ GARCIA, ANA
  • FERNANDEZ LANIO, DANIEL
  • FERNANDEZ SUAREZ, RODRIGO
  • FREIJE COTARELO, BRUNO
  • GANCEDO MENENDEZ, DIEGO
  • GARCIA ALVAREZ, MARIA LUJAN
  • GARCIA ARDURA, JOSE LUIS
  • GARCIA FERNANDEZ, CESAR
  • GARCIA FLOREZ, ALBERTO
  • GARCIA FLOREZ, ANA ISABEL
  • GARCIA GONZALEZ, JOSE ANTONIO
  • GARCIA MATAS, BERNARDO
  • GARCIA MAYO, MARIA CONCEPCION
  • GARCIA RODRIGUEZ, CRISTINA
  • GIMENEZ GOMEZ, HUGO ALFREDO
  • GONZALEZ ALVAREZ, ROBERTO
  • GONZALEZ ARIAS, SONIA MARIA
  • GONZALEZ CANAL, JUAN CARLOS
  • GONZALEZ CARRION, SEGISMUNDO
  • GONZALEZ FERNANDEZ, JAVIER
  • GONZALEZ GARCIA, ANA ISABEL
  • GONZALEZ GONZALEZ, ALBERTO
  • GONZALEZ GONZALEZ, MARIO
  • GONZALEZ GONZALEZ, MIGUEL
  • GONZALEZ LOPEZ, MARIA ANGELES
  • GONZALEZ PEREZ, ANDRES
  • GONZALEZ PEREZ, DIEGO
  • GONZALEZ RIOBELLO, JUAN ANTONIO
  • GRANDA IZQUIERDO, MARIA TERESA
  • GUTIERREZ SUSTACHA, RAMON
  • IBARLUCEA LOPEZ, MANUEL
  • IGLESIAS ARADES, IVAN
  • INFIESTA MEGIDO, CRISTINA
  • INJERTO GARCIA, HUGO
  • LLAMEDO BLANCO, ALVARO
  • LOPEZ FERNANDEZ, FRANCISCO
  • LOPEZ RODRIGUEZ, FRANCISCO JAVIER
  • MALLO GARCIA, JOSE MARIA
  • MARIÑO SANCHEZ, FRANCISCO JOSE
  • MARTIN CISNEROS, ALBERTO
  • MARTINEZ ARIAS, MARIO
  • MARTINEZ SORDO, BEATRIZ
  • MARTINEZ SUAREZ, JOSE ANTONIO
  • MARTINEZ SUAREZ, PABLO
  • MARTINEZ YAGÜE, ALEJANDRO
  • MATILLA FERNANDEZ, MARTIN
  • MEANA GUTIERREZ, JAVIER
  • MEDINA LLORENTE, CAROLINA
  • MEGIDO CASTAÑON, RUBEN
  • MENDEZ MENDEZ, JUAN ANTONIO
  • MENDEZ PIZARRO, MARIA BEGOÑA
  • MENENDEZ ALVAREZ, ANGEL
  • MENENDEZ ALVAREZ, IVAN
  • MENENDEZ MENENDEZ, EMILLIO JOSE
  • MONTERO ALVAREZ, JOSE MANUEL
  • MORAN RODRIGUEZ, DORLETA
  • NAREDO DIAZ, ADAN
  • NOVAL RODRIGUEZ, JOSE LUIS
  • NUÑO ARGÜELLES, RICARDO
  • NUÑO GONZALEZ, ABELARDO ALEJANDRO
  • ORDOÑEZ YAGUANA, AIDA PATRICIA
  • OVIN CANTELI, PATRICIA
  • PALACIOS GONZALEZ, ANGEL
  • PELAEZ LOPEZ, MARIO
  • PEÑA FERNANDEZ, FELIX JOSE
  • PEREZ GONZALEZ, MANUEL
  • PEREZ RODRIGUEZ, ANA BELEN
  • PICO GARCIA, LUIS ANGEL
  • PICO LOPEZ, ZOILA
  • PICOS LANZA, JOSE MANUEL
  • POOL SUAREZ, JUAN JOSE
  • RAMON LOPEZ, RUBEN
  • RANCAÑO VILLAVERDE, ANTONIO
  • RODRIGO FERNANDEZ, OSCAR
  • RODRIGUEZ ARMAYOR, DAVID
  • RODRIGUEZ FERNANDEZ, JOSE ANIBAL
  • RODRIGUEZ FERNANDEZ, PAULA
  • RODRIGUEZ GARCIA, JOSE MANUEL
  • RODRIGUEZ PANDIELLO, AMADA
  • RODRIGUEZ RODRIGUEZ, MARCO ANTONIO
  • RODRIGUEZ SANCHEZ, EDUARDO
  • SAL PARRA, DAVID
  • SALAN DURAN, ANA ROSA
  • SALGADO PENDAS,ROBERTO
  • SANCHEZ BLANCO, MARIA
  • NURIA SANCHEZ BLANCO, MARIA SONIA
  • SANCHEZ PRIDA, JOSE IGNACIO
  • SANTOS CEPEDA, FERNANDO
  • SIQUEIRA BERRIEL, NICOLE NATALY
  • SUAREZ CASADO, LAURA
  • SUAREZ FLOREZ, JESUS MARIA
  • SUAREZ FLOREZ, JUAN HONORIO
  • SUAREZ GONZALEZ, DIEGO
  • SUAREZ RAMOS, ERNESTO
  • TAMARGO SUAREZ, JULIAN IGNACIO
  • TAMES RODRIGUEZ, ALFREDO
  • TIRADOS ESCOTET, DAVID
  • TRAPOTE FERNANDEZ, CESAREO
  • TRAVIESA NARCIANDI, IBAN
  • TRAVIESA NARCIANDI, JOSE ANTONIO
  • URIA MENENDEZ, ROBERTO
  • VALDES CASTRO, SERAFIN
  • VALLINA ALVAREZ, JOSE MANUEL
  • VALLINA GONZALEZ, MARIA JESUS
  • VEGA MORAN, CRISTINA
  • ZAPICO CASTRO, JOSE LUIS

Capacitación Profesional para el transporte de viajeros:

  • FERNANDEZ GARCIA, JOAQUIN ENRIQUE
  • GAZAPO CUERVO, ANA ISABEL
  • GONZALEZ CARRION, SEGISMUNDO
  • GONZALEZ SUAREZ, CAROLINA
  • LOPEZ CUERVO, NOELIA
  • RODRIGUEZ PEON, DAVID

Capacitación Profesional Transporte. Casos prácticos sobre elementos del derecho privado en la modalidad de transporte de mercancías

preguntas-examen

Si te estás preparando para las pruebas de Capacitación Profesional de Transporte de Mercancías, os dejamos unos casos prácticos sobre el tema “Elementos del derecho privado”.

Estos casos prácticos los puedes complementar con otros que ya hemos dejado sobre este mismo tema.

Casos prácticos sobre elementos del derecho privado:

En un transporte realizado entre Segovia y Huesca se pierden 3.000 kilogramos de mercancías valoradas en el origen, es decir Segovia, en 4.687 euros y en el lugar de destino, Huesca, en 5.769 euros. El remitente, que es el que tiene derecho sobre la mercancía, reclama al transportista 5.769 euros. Los abogados del transportista ofrecen 4.687 euros alegando que es el valor que tenía la mercancía en el lugar donde el transportista se hizo cargo de la mercancía. ¿Cuánto debe pagar el transportista?. NOTA – El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) se fija en 17,75 euros día. Razone la respuesta.

Solución: 4.687 euros, que es el valor de la mercancía en el punto de origen.

Explicación: 3.000 Kg x 17,75 euros/Kg x 1/3 = 17.750 euros. El límite máximo es superior al valor de la mercancía no entregada en el momento y lugar en que el porteador la recibió para su transporte.

Ley norma: Ley 15/2009, 11-11-09 Artículos 52 y 57

Ley abreviada: LEY 15/2009

Se realiza un transporte de flanes desde Almería a Barcelona El transporte se realiza debidamente acondicionado en pequeños envases de docena, contenidos en palés de 100 envases. A la descarga, el lunes 12 a las 12 horas, no se observa daño exterior en los palés El martes a las 17 horas el comerciante se da cuenta, al abrirlos para ponerlos a la venta, de que hay 5 cajas con flanes aplastados, por lo que hace una reclamación contra el porteador por el daño de la mercancía ¿Debe pagar el porteador los daños?

Solución: Sí. La reclamación sobre la mercancía embalada se ha hecho antes de transcurrir 7 días naturales del recibo del envío, sin que exteriormente se evidenciaran daños.

Explicación: En caso de averías y pérdidas no manifiestas, las reservas deberán formularse dentro de los siguientes siete días naturales a la entrega.

Ley norma: Ley 15/2009, 11-11-09 Artículo 60

Ley abreviada: LEY 15/2009

Se realiza un transporte de un cargamento de 5.000 kilogramos de maíz, desde Cuenca a Almería, haciéndose constar en la carta de porte que las partes han acordado la entrega del maíz al consignatario como máximo a las 13 horas del día 13 de septiembre. El Porteador llega a destino a las 13 horas del día 14 de Septiembre porque se equivocó de fecha. ¿Cuál es el límite de responsabilidad del porteador?.

Solución: El límite máximo por retraso en la entrega al consignatario es el precio del transporte.

Explicación: La indemnización por los perjuicios derivados de retraso no excederá del precio del transporte.

Ley norma: Ley 15/2009, 11-11-09 Artículo 57

Ley abreviada: LEY 15/2009

Un transportista presenta una reclamación por impago de portes contra un cargador ante una Junta Arbitral. El día señalado para la vista, el porteador no se presenta. ¿Qué efectos produce su inasistencia?

Solución: Se considera que ha desistido de su reclamación.

Explicación: En el caso de que el reclamante o su representante no asistiera a la vista se le tendrá por desistido en su reclamación.

Ley norma: Real Decreto 1211/1990, 28-9-90 Artículo 9.5

Ley abreviada: RD 1211/1990

Ante las discrepancias surgidas en la ejecución de un contrato de transporte se resuelve la oportuna reclamación ante la Junta Arbitral competente. Celebrada la vista y oídas a las partes, que no solicitan la práctica de pruebas, el Presidente de la Junta comunica que dictará el laudo, una vez estudiadas y debidamente ponderadas las alegaciones efectuadas por las partes, dentro de los próximos 5 días. ¿Es correcta la actuación de la Junta?. ¿Por qué?.

Solución: No, porque el laudo deberá dictarse en la misma sesión una vez oídas a las partes.

Explicación: Si no se practican pruebas, el laudo se dictará en la vista oral.

Ley norma: Real Decreto 1211/1990, 28-9-90 Artículo 9-4

Ley abreviada: RD 1211/1990

Cuando el transportista QUETZAL, que ha contratado la realización de un transporte de mercancías entre Cádiz y Valladolid, llega a esta ciudad de destino se encuentra con que el consignatario designado para recibirla no quiere recibir la mercancía, al tiempo que se niega a pagar los portes pese a viajar la misma bajo el régimen de portes debidos. Ante esta rehúsa y negativa al pago de los portes. ¿De qué acciones dispone el transportista para el cobro de los portes?.

Solución: Pedir instrucciones al remitente y, en ausencia de instrucciones o no ser admitidas estas, solicitar a la Junta Arbitral de Transportes el depósito y subasta pública de las mercancías.

Explicación: El porteador sólo podrá solicitar la enajenación de las mercancías si en un plazo razonable no ha recibido de quien tiene el poder de disposición sobre aquéllas instrucciones en otro sentido cuya ejecución resulte proporcionada a las circunstancias del caso.

Ley norma: Ley 15/2009, 11-11-09 Artículo 44

Ley abreviada: LEY 15/2009

El comerciante PEDRO S.A. contrató con el Operador de Transportes SANCHES S.A. el envío de varios bultos de ropa de temporada para venderlo al por menor. El contrato especificaba que la mercancía debía de entregarse en el domicilio del comerciante en el plazo de 15 días. Transcurridos 30 días y no habiéndolas recibido, el comerciante escribió al transportista efectivo comunicándole que dejaba de su cuenta las mercancías. La empresa de transportes se opuso al deje de cuenta alegando que la mercancía se encontraba en camino. ¿Actuó correctamente PEDRO S.A. reclamando al transportista?. Razone la respuesta.

Solución: Actúa incorrectamente puesto que la reclamación debe dirigirse al Operador de Transportes. Además hay que esperar a que transcurran 20 días desde la fecha convenida para la entrega sin que ésta se haya efectuado para que se consideren perdidas las mercancías.

Explicación: El Operador de Transporte responde en su propio nombre del incumplimiento del contrato de transporte que celebró con el comerciante.

Ley norma: Ley 15/2009, 11-11-09 Artículos 5 y 54

Ley abreviada: LEY 15/2009

El Sr. X que utilizó los servicios de un Operador de Transportes para enviar un paquete a otra localidad, reclama la pérdida de dicho paquete ante la Junta Arbitral de Transportes competente. La Junta se constituyó el día de la vista oral previa citación del presidente, vocal representante de las Asociaciones de transportistas y Secretario. Ante dicha Junta Arbitral comparecen el reclamante y el reclamado y alegan una incorrecta constitución de la Junta Arbitral que es estimada. ¿Cuál es la razón de la estimación?.

Solución: Que falta por citar el Vocal representante de las Asociaciones de Consumidores y Usuarios.

Explicación: Todos los vocales tienen que ser citados en tiempo y forma, para poder constituirse correctamente la Junta Arbitral.

Ley norma: Real Decreto 1211/1990, 28-9-90 Artículo 8

Ley abreviada: RD 1211/1990

El Sr. X que utilizó los servicios de un Operador de Transportes de mercancías para enviar un paquete a otra localidad, reclama la pérdida de dicho paquete ante la Junta Arbitral de Transportes. Esta se constituyó el día de la vista oral con: Presidente, vocal representante de Asociaciones de Cargadores y Secretario. Las citaciones a los vocales se hicieron, con las formalidades exigidas, a todos los que deberían constituir la Junta, ante dicha Junta Arbitral comparecen el reclamante y el reclamado y alegan una incorrecta constitución de la Junta Arbitral, por la falta de un vocal que no asistió, lo que impide que se dicte el laudo. ¿Es correcta esta petición?.

Solución: No, porque la no-asistencia de uno de los vocales no impide que se dicte el laudo. Sólo la incomparecencia del presidente impide que se dicte el laudo.

Explicación: La inasistencia de cualquiera de los miembros de la Junta Arbitral, con excepción del Presidente, no impedirá que se celebre la vista ni que se dicte el laudo.

Ley norma: Real Decreto 1211/1990, 28-9-90 Artículo 9-7

Ley abreviada: RD 1211/1990

Una misma controversia sobre el contrato de transporte se ha planteado ante la Junta Arbitral de origen del transporte y también ante la Junta Arbitral de destino del viaje. ¿Cuál será la Junta competente?.

Solución: Será competente la primera en recibir la controversia.

Explicación: En el caso de que la controversia se plantee ante más de una Junta, será competente aquella ante la que se hubiera suscitado con anterioridad, debiendo abstenerse en su favor las restantes.

Ley norma: Real Decreto 1211/1990, 28-9-90 Artículo 7-2.

Ley abreviada: RD 1211/1990

El Sr. X, asalariado de una empresa de transportes de Guadalajara, es enviado como conductor a Vitoria con un camión cargado de 15.000 kilogramos de melones La mercancía llega en mal estado y el destinatario no la acepta, siendo entregada a la Junta Arbitral y posteriormente arrojada La empresa de transporte despide al Sr. X por considerarle culpable de la pérdida de la mercancía Pasado un tiempo, el Sr. X reclama ante la Junta Arbitral de Guadalajara por considerar que no fue responsable del deterioro. ¿Es competente la Junta Arbitral para conocer de esta reclamación?

Solución: No es competente por tratarse de una materia laboral

Explicación: Las Juntas Arbitrales deben resolver controversias de carácter mercantil surgidas del incumplimiento del contrato de transporte terrestre.

Ley norma: Ley 16/1987, 30-7-87 Artículo 38

Ley abreviada: LEY 16/1987

El Transportista Pep S.A. traslada una mercancía desde Barcelona hasta Valladolid. El contrato de transporte se celebra en Zaragoza donde el cargador tiene su sede social. En dicho contrato no hay cláusulas de sumisión a ninguna Junta Arbitral, ni declaración de valor de la mercancía, ni de interés especial en la entrega. A la descarga, se observa que 900 kilogramos de mercancía valorada en 12.000 euros se encuentran en mal estado, por lo que el consignatario efectúa la correspondiente reserva al transportista y al no llegar a un acuerdo en la valoración, reclama ante los Tribunales ordinarios de Valladolid. El transportista se opone aduciendo que su límite de responsabilidad, por no existir declaración de valor, hace que sea competencia de las Juntas Arbítrales. ¿Tiene razón el consignatario o el transportista, en cuanto a la competencia de los Tribunales ordinarios?. NOTA – El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) se fija en 17,75 euros día. Razone la respuesta.

Solución: Tiene razón el transportista, es competencia de las Juntas Arbitrales pues la responsabilidad máxima que tiene el porteador (5.325 euros) es inferior a 6.000 euros que el límite por razón de cuantía de la Junta Arbitral.

Explicación: 900 kilos x 17,75 x 1/3 = 5.325 euros es inferior a 6.000 euros.

Ley norma: Ley 16/1987, 30-7-87 Artículo 38. Ley 15/2009, 11-11-09 Artículos 57

Ley abreviada: LEY 16/1987

Capacitación Profesional Transporte. Preguntas examen sobre elementos del derecho privado en la modalidad de transporte de mercancías

temario

Os dejamos unas preguntas de examen para aquellos que os estéis preparado las pruebas de Capacitación Profesional de Transporte en la especialidad de transporte de mercancías.

Las preguntas de examen de capacitación profesional son del tema de elementos de derecho privado, en su momento ya os dejamos otras preguntas sobre este mismo tema.

Algunas preguntas sobre los elementos del derecho privado:

¿Quién asume la responsabilidad en un supuesto de transporte sucesivo de mercancías por carretera?

  • 1. Sólo el último porteador.
  • 2. Sólo el primer porteador.
  • 3. Todos los porteadores que hayan intervenido, responden solidariamente.
  • 4. Sólo el transportista que tenga la mercancía en el momento en que se descubre el daño.

Solución: C

Ley norma: Ley 15/2009, 11-11-09. Artículo 64

Ley abreviada: Ley 15/2009

En el transporte nacional de mercancías, ¿En qué consiste el Privilegio del Porteador a la hora del cobro de los portes?

  • 1. Es un crédito preferente, sobre las mercancías transportadas, que tiene el porteador contra todas las personas que intervienen en el contrato de transporte.
  • 2. En la posibilidad de poder optar entre las Juntas Arbitrales y los tribunales ordinarios.
  • 3. Es un derecho a la venta directa de las mercancías transportadas
  • 4. Es la posibilidad de retener la mercancía mientras que no le sean abonados los portes, hasta un máximo de 15 días.

Solución: A

Ley norma: OM 25-4-97 Anexo A 2.32 B 2.29

Ley abreviada: OM 25-04-1997

En el transporte nacional de mercancías por carretera, a falta de pacto expreso, ¿cuándo comienza la responsabilidad del porteador, sobre la mercancía transportada?

  • 1. Al firmar el contrato de transporte.
  • 2. En el momento del acuerdo de voluntades perfeccionando el contrato de transporte.
  • 3. Al recibir la mercancía a transportar.
  • 4. A partir del momento en que las mercancías se encuentren cargadas, colocadas y estibadas en su totalidad a bordo del vehículo que deba realizar el transporte.

Solución: D

Ley norma: Ley 15/2009, 11-11-09. Artículo 20

Ley abreviada: Ley 15/2009

¿Por qué ley se rige el contrato de transporte terrestre por carretera de carácter nacional?

  • 1. Por la Ley 15/2009.
  • 2. Por la LOTT (Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres).
  • 3. Por el Código Civil.
  • 4. Por el Código de Comercio.

Solución: A

Ley norma: Ley 15/2009, 11-11-09

Ley abreviada: Ley 15/2009

En el contrato del transporte terrestre de mercancías, ¿cuál es la responsabilidad fundamental del transportista?

  • 1. Trasladar y entregar las mercancías al destinatario en buen estado y dentro del plazo estipulado.
  • 2. No deteriorar la mercancía y estar provisto de autorización de transporte.
  • 3. Llevar el seguro obligatorio vigente.
  • 4. Cobrar los portes.

Solución: A

Ley norma: Ley 15/2009, 11-11-09. Artículo 2

Ley abreviada: Ley 15/2009

En el transporte nacional de mercancías por carretera, respecto de la responsabilidad del porteador, el Gobierno ha establecido para el caso que no se haya pactado nada expresamente:

  • 1. No podrá exceder de un cuarto del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples/día por cada kilogramo de peso bruto de mercancía perdida o averiada.
  • 2. No podrá exceder de un medio del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples/día por cada kilogramo de peso bruto de mercancía perdida o averiada.
  • 3. No podrá exceder de un tercio del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples/día por cada kilogramo de peso bruto de mercancía perdida o averiada.
  • 4. Unos límites de responsabilidad de 4,5 Euros por kilogramo en casos de pérdida, daños o averías.

Solución: C

Ley norma: Ley 15/2009, 11-11-09. Artículo 57

Ley abreviada: Ley 15/2009

Según la ley del contrato de transporte terrestre de mercancías, en caso de pérdida total o parcial de las mercancías, la cuantía de la indemnización vendrá determinada por el valor de las no entregadas, teniendo en cuenta que dicho valor de las mercancías transportadas se determina:

  • 1. Por el precio de géneros según factura de compra.
  • 2. Por el precio que las mercancías transportadas tendrían en el día y lugar en que debían entregarse.
  • 3. Por el precio en el punto donde se cargó la mercancía.
  • 4. Por el valor en la bolsa en Madrid, cuando coticen en bolsa o por el valor que determine el Ministerio de Fomento.

Solución: C

Ley norma: Ley 15/2009, 11-11-09. Artículo 52

Ley abreviada: Ley 15/2009

¿Tiene efectos contractuales el transporte realizado por una empresa porteadora que carece de la autorización prevista en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres?

  • 1. Tiene efectos contractuales, pero limitados a la reclamación de portes.
  • 2. Sí, tiene efectos contractuales a todos los efectos.
  • 3. No, por la ilegalidad que supone.
  • 4. Sólo los transportes privados complementarios.

Solución: B

Cuando un contrato de transporte terrestre de mercancías se realiza por escrito, ¿la carta de porte es el documento en que se materializa el contrato de transporte?

  • 1. Sí.
  • 2. No.
  • 3. Sólo en transportes internacionales.
  • 4. Sólo en los transportes en que intervienen Operadores de Transportes.

Solución: A

Ley norma: Ley 15/2009, 11-11-09. Artículo 10

Ley abreviada: Ley 15/2009

El contrato de transporte terrestre de mercancías obliga al porteador a:

  • 1. Trasladar un bien de un lugar a otro.
  • 2. Depositar un bien en manos de un intermediario.
  • 3. Almacenar la mercancía y gestionar su traslado por algún medio de transporte.
  • 4. No aceptar mercancías peligrosas.

Solución: A

Ley norma: Ley 15/2009, 11-11-09. Artículo 2

Ley abreviada: Ley 15/2009

¿A qué está obligado el porteador, en relación con la entrega de las mercancías transportadas?

  • 1. A entregar las mercancías en el mismo estado en que las recibió únicamente.
  • 2. A entregar las mercancías el día señalado, estén como estén.
  • 3. A depositar las mercancías.
  • 4. A entregar las mercancías en el mismo estado que las recibió, en el lugar y plazo convenidos.

Solución: D

Ley norma: Ley 15/2009, 11-11-09. Artículos 33 y 34

Ley abreviada: Ley 15/2009

En el transporte nacional de mercancías por carretera, cuando se concierta un transporte a portes pagados, ¿quién tiene la obligación de pagarlo?

  • 1. El consignatario.
  • 2. El remitente.
  • 3. El destinatario.
  • 4. El transportista.

Solución: B

Ley norma: OM 25-4-97 Anexo A 2.2 B 2.3

Ley abreviada: OM 25-04-1997

Rechazar los bultos mal acondicionados para el transporte, constituye:

  • 1. Una obligación del porteador.
  • 2. Un derecho del porteador.
  • 3. Depende de lo que haya pactado previamente.
  • 4. Un derecho del consignatario.

Solución: B

Ley norma: Ley 15/2009, 11-11-09. Artículo 27

Ley abreviada: Ley 15/2009

En el transporte nacional de mercancías por carretera, en el caso de incumplimiento del contrato por retraso en la entrega, ¿el porteador tendrá obligación de indemnizar?

  • 1. Sí, y será el precio del transporte si no se ha pactado otra cosa.
  • 2. Es necesario que se haya pactado el pago de una indemnización.
  • 3. Por esta causa no cabe indemnización.
  • 4. Sólo cabe indemnización por retraso en los transportes internacionales.

Solución: A

Ley norma: Ley 15/2009, 11-11-09. Artículo 57

Ley abreviada: Ley 15/2009

De los daños causados a la mercancía durante su transporte, ¿es responsable siempre el porteador?

  • 1. Sí.
  • 2. No, cuando se deba a vicio propio de las mercancías o por circunstancias que el porteador no pudo evitar y cuyas consecuencias no pudo impedir.
  • 3. El único responsable por esta causa es el cargador.
  • 4. El único responsable es el consignatario.

Solución: B

Ley norma: Ley 15/2009, 11-11-09. Artículo 48

Ley abreviada: Ley 15/2009

En el contrato de transportes de mercancías, portes debidos significa:

  • 1. El que se abona por el Operador de Transportes.
  • 2. Precio de transporte a pagar por el consignatario.
  • 3. Que no se ha fijado el precio en el contrato de transporte.
  • 4. Que los portes se deben por estar acordado su pago aplazado.

Solución: B

Ley norma: OM 25-4-97 Anexo A 2.2. Anexo B 2.3.

Ley abreviada: OM 25-04-1997

Capacitación Profesional Transporte, datos de la 1ª Convocatora del 2010 en Castilla y León

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Mañana se celebrarán en Castilla y León las pruebas relativas a la primera convocatoria del 2010 de las pruebas de Capacitación Profesional de tranporte.

Fecha, Hora y lugar de las pruebas por provincias para la modalidad de transporte de mercancías:

Fecha de las pruebas: sábado 26 de junio de 2010

Burgos:

  • Hora: 9:30
  • Lugar: Instituto de Educación Secundaria «Pintor Luis Sáez», situado en la calle Alfonso XI, s/n. En Burgos examinarán los aspirantes con domicilio en las provincias de Burgos y Soria.

León:

  • Hora: 9:30
  • Lugar: Facultad de Derecho, en el Campus Universitario «Vegazana». En León sólo se examinarán los aspirantes que tengan su domicilio en la provincia.

Salamanca:

  • Hora: 9:30
  • Lugar: Instituto de Educación Secundaria «Mateo Hernandez», en el Paseo Torrente Ballester, s/n. En Salamanca se examinarán los aspirantes que tengan su domicilio en las provincias de Salamanca y Zamora.

Segovia:

  • Hora: 9:30
  • Lugar: Instituto de Educación Secundaria «Andrés Laguna», situado en el Paseo Conde Sepúlveda, n.º 18. En Segovia se examinarán los aspirantes que tengan su domicilio en las provincias de Ávila y Segovia.

Valladolidid:

  • Hora: 9:30
  • Lugar: Sede de la Consejería de Fomento, en la Calle Rigoberto Cortejoso, 14. Se examinarán los aspirantes que tengan su domicilio en las provincias de Palencia y Valladolid.

Listas de admitidos y excluidos:

Capacitación Profesional Transporte, casos prácticos de examen de viajeros. Seguridad en Carretera

preguntas-examen

Os dejamos unos casos prácticos para quienes se están preparando para las pruebas de Capacitación Profesional para el Transporte en la especialidad de transporte de viajeros sobre el tema Seguridad en Carretera.

Casos prácticos sobre Seguridad en carretera:

Un conductor dispone de un permiso de conducir de la clase C y quiere saber si con ese permiso puede conducir un automóvil construido para el transporte de 12 personas.

Solución: No puede, porque necesita el permiso de conducción de la clase D ó D1.

Explicación:

  • El permiso de la clase D1 autoriza para conducir automóviles diseñados y construidos para el transporte de no más de 16 pasajeros además del conductor.
  • El permiso de la clase D autoriza para conducir automóviles diseñados y construidos para el transporte de más de 8 pasajeros además del conductor.
  • La obtención del permiso de la clase D implica la concesión del de la clase D1.

Ley norma: RD 818/2009, de 8 de mayo, Artículo 4.2.l y n. Artículo 5.2.c

Ley abreviada: RD 818/2009

Los permisos de conducir de las clases D y C implican la concesión de otro permiso y que sean titulares de permiso de conducción de otra clase. ¿Qué permisos son estos?.

Solución: El permiso D implica la concesión del permiso de la clase D1 y ser titular del permiso de la clase B. El permiso C implica la concesión del permiso de la clase C1 y ser titular del permiso de la clase B.

Explicación:

  • La obtención del permiso de las clases C y D implica la concesión del de las clases C1 y D1.
  • El permiso de las clases C1, C, D1 y D sólo podrá expedirse a conductores que ya sean titulares de un permiso en vigor de la clase B.

Ley norma: RD 818/2009, de 8 de mayo, Artículo 5.1.b y Artículo 5.2.c

Ley abreviada: RD 818/2009

¿Es lo mismo un permiso de conducir que una licencia de conducción? ¿Qué vehículos autoriza a conducir una licencia de conducción?

Solución: No es lo mismo. La licencia de conducción autoriza para conducir 2 clases de vehículos: 1. vehículos especiales agrícolas autopropulsados 2. vehículos para personas de mobilidad reducida.

Explicación: La licencia de conducción autoriza para conducir 2 clases de vehículos:

  • vehículos especiales agrícolas autopropulsados y sus conjuntos cuya masa o dimensiones máximas autorizadas no excedan de los límites establecidos para los vehículos ordinarios o cuya velocidad máxima por construcción no exceda de 45 km/h
  • vehículos para personas de mobilidad reducida.

Ley norma: RD 818/2009, de 8 de mayo, Artículo 6.1.a y b

Ley abreviada: RD 818/2009

Si Juan tiene el permiso de la clase BTP ¿Qué tipo de vehículos puede conducir?

Solución: Como el permiso de la clase BTP sólo se expide a los conductores que sean titulares de un permiso en vigor de la clase B, podrá conducir los vehículos que autoriza esta clase de permiso y además los siguientes:

  • vehículos prioritarios cuando circulen en servicio urgente,
  • vehículos que realicen transporte escolar cuando transporten escolares
  • vehículos destinados al transporte público de viajeros en servicio de tal naturaleza.

Explicación: El permiso de la clase BTP sólo se expide a los conductores que sean titulares de un permiso en vigor de la clase B, que autoriza a conducir los siguientes vehículos: automóviles con MMA no superior a 3500kg diseñados y construidos para transporte de no más de 8 pasajeros además del conductor y conjuntos de vehículos acoplados.

El permiso de conducción de la clase BTP autoriza para conducir vehículos prioritarios cuando circulen en servicio urgente, vehículos que realicen transporte escolar cuando transporten escolares y vehículos destinados al transporte público de viajeros en servicio de tal naturaleza.

Ley norma: RD 818/2009, de 8 de mayo, Artículo 4.2.e y f

Ley abreviada: RD 818/2009

A los transportes públicos discrecionales de viajeros en autobús, cuando tres cuartas partes, o más, de los viajeros sean menores de dieciséis años y a los transportes privados complementarios de viajeros por carretera, cuando la tercera parte, o más, de los viajeros sean menores de dieciséis años. ¿Es aplicable el Real Decreto 443/2001, de 27 de abril de 2001 sobre condiciones de seguridad en vehículos escolares y menores?

Solución: Sí.

Explicación: Las condiciones de seguridad previstas en el Real Decreto 443/2001 se aplicarán a los transportes públicos discrecionales de viajeros en autobús, cuando tres cuartas partes, o más, de los viajeros sean menores de dieciséis años y a los transportes privados complementarios de viajeros por carretera, cuando la tercera parte, o más, de los viajeros sean menores de dieciséis años.

Ley norma: RD 443/2001, 27-04-2001. Artículo 1.

Ley abreviada: RD 443/2001

El Real Decreto 443/2001, de 27 de abril de 2001 sobre condiciones de seguridad en vehículos escolares y menores. Cite 2 supuestos del ámbito de aplicación de este Real Decreto

Solución:

  • A los transportes públicos regulares de uso especial de escolares por carretera, cuando al menos la tercera parte, o más, de los alumnos transportados tuviera una edad inferior a dieciséis años en el momento en que comenzó el correspondiente curso escolar.
  • A aquellas expediciones de transportes públicos regulares de viajeros de uso general por carretera en que la mitad, o más, de las plazas del vehículo hayan sido previamente reservadas para viajeros menores de dieciséis años.

Explicación: Las condiciones de seguridad previstas en el Real Decreto 443/2001 se aplicarán:

  • A los transportes públicos regulares de uso especial de escolares por carretera, cuando al menos la tercera parte, o más, de los alumnos transportados tuviera una edad inferior a dieciséis años en el momento en que comenzó el correspondiente curso escolar.
  • A aquellas expediciones de transportes públicos regulares de viajeros de uso general por carretera en que la mitad, o más, de las plazas del vehículo hayan sido previamente reservadas para viajeros menores de dieciséis años.
  • a los transportes públicos discrecionales de viajeros en autobús, cuando tres cuartas partes, o más, de los viajeros sean menores de dieciséis años y
  • a los transportes privados complementarios de viajeros por carretera, cuando la tercera parte, o más, de los viajeros sean menores de dieciséis años.

Ley norma: RD 443/2001, 27-04-2001. Artículo 1.

Ley abreviada: RD 443/2001

Si usted deseara contratar servicios de transporte escolar. ¿Que le debe pedir al transportista que le exhiba?

Solución: La concesión o autorización administrativa que le habilite para llevar a cabo el transporte.

Explicación: Los transportes de ámbito de aplicación del RD 443/2001 sólo podrán ser realizados por las empresas que cuenten con la correspondiente concesión o autorización administrativa.Para el otorgamiento de la autorización de transporte regular de uso especial de escolares se exigirá en todo caso, que el transportista acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en los artículos 3,4,6 y 12 del citado Real Decreto.

Ley norma: RD 443/2001, 27-04-2001. Artículo 2

Ley abreviada: RD 443/2001

Según el RD 443/2001, sobre condiciones de seguridad de los vehículos dedicados al transporte escolar. Como regla general, un vehículo dedicado al transporte escolar no debe superar, al inicio del curso escolar, la antigüedad de:

Solución: 10 años contados desde su primera matriculación.

Explicación: Como regla general, sólo podrán prestar los servicios de transporte público regular de uso especial de escolares, aquellos vehículos que no superen, al inicio del curso escolar, la antigüedad de diez años, contados desde su primera matriculación.

A los efectos del cómputo de antigüedad se considerará el día 1 de septiembre como fecha de inicio del curso escolar.

Ley norma: RD 443/2001, 27-04-2001. Artículo 3.

Ley abreviada: RD 443/2001

Capacitación Profesional Transporte, admitidos a las pruebas del 2010 en el País Vasco

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En su momento ya os anunciamos la convocatoria para el 2010 de las pruebas de Capacitación Profesional en el País Vasco para el transporte por carretera nacional e internacional de mercancías y/o viajeros, y ahora se han publicado las listas definitivas de admitidos y excluidos a las pruebas.

Quien lo desee puede descargar la lista de admitidos a las pruebas, y quienes no aparezcan en ella se consideran excluidos.

Los correspondientes exámenes para obtener la Capacitación Profesional para el transporte por carretera no se realizarán hasta la primera quincena del mes de octubre, aunque como fecha orientativa de las pruebas se señala el 7 de octubre. Tampoco se han hecho públicos otros datos como la hora o el lugar donde tendrán lugar los exámenes, pero a medida que se vayan publicando estos datos os iremos informando.

Capacitación Profesional Transporte, datos definitivos de la 1ª convocatoria del 2010 en Galicia

galicia

Ya os comentamos que había una fecha provisional para las pruebas correspondientes con la primera convocatoria del 2010 para obtener la Capacitación Profesional de Transporte en Galicia, el domingo 30 de mayo, pero ahora esa fecha ya es definitiva, así como también se han publicado las listas definitivas de admitidos a las pruebas.

Datos de la primera del 2010 para obtener la Capacitación Profesional de Transporte en Galicia:

Fecha del examen: domingo 30 de mayo de 2010

Hora del examen:

  • Capacitación profesional de mercancías: las pruebas darán comienzo a las 9:00
  • Capacitación profesional de viajeros: las pruebas darán comienzo a las 16:00

Lugar del examen: Palacio de Congresos y Exposiciones de Galicia, en Santiago de Compostela.

Descargas de las listas provisionales:

Mucha suerte a todos.