Os dejamos cinco casos prácticos de transporte para los que estéis preparando el examen de Competencia Profesional para el Transporte de Viajeros. Las soluciones las encontraréis al final de las preguntas. ¡Mucha suerte!

TRANSPORTE PREGUNTAS

1. Una letra de cambio aceptada por el librado y con vencimiento el día 15 de Julio de 2011 se presenta al cobro el día primero de Agosto de 2011. ¿Se han perjudicado en algún sentido los derechos que asistían al tomador?

2. Una persona desea disponer de dinero hasta una cantidad de 300,51 euros, una vez que agote los fondos de su cuenta corriente, para lo que solicita de su entidad bancaria una tarjeta que le permita extraer esa cantidad de los cajeros automáticos. ¿Qué modalidad de tarjeta deberá solicitar de su entidad bancaria? ¿puede ser una tarjeta de débito? ¿por qué?

3. Constantino González, conductor de un autobús que presta servicio escolar, es sometido a la prueba de alcoholemia. La tasa de alcohol obtenida ha sido de +0,4 miligramos/litro de aire espirado. Al cabo de diez minutos le repiten la prueba y le realizan un análisis de sangre en un centro de salud cercano. ¿Cuánto debe dar como máximo para no ser sancionado?

4. En un accidente en el que se considere necesario mover al accidentado, es importante sospechar si tiene lesión medular. ¿Cuáles son tres importantes síntomas de lesión medular?

5. El día 2 de marzo de este año, Fabiola Torres deja de prestar servicios como trabajadora autónoma. El día 6 de marzo del mismo año, comunica su baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en la administración de la Tesorería General de la Seguridad Social más próxima a su domicilio, ¿desde qué fecha surtirá efectos la baja?

RESPUESTAS

1. Sí, el tomador pierde las acciones en vía de regreso contra el librador y los endosantes, aunque conserva la acción directa contra el aceptante.

Ley norma: Ley 19/1985 Art. 63

2. La tarjeta será de crédito, no puede ser una tarjeta de débito, porque ésta no permite disponer de dinero una vez agotados los fondos.

3. 0,3 gramos por litro de alcohol en sangre. Cuando se trate de vehículos destinados al transporte escolar y de menores los conductores no podrán conducir con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,3 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado superior a 0,15 miligramos por litro.

Ley norma: RD 1428/2003 Art. 20

4. 1. El accidentado está inconsciente y tiene heridas o golpes por encima del hombro. 2. El accidentado está consciente pero no puede mover o sentir alguna parte de su cuerpo. 3. El accidentado no tiene reflejos.

Cuando se produce una sección o una lesión de la médula espinal, quedan sin función las partes del cuerpo situadas por debajo de dicha lesión, ya que no les llegan las órdenes que le manda el cerebro.

5. Desde el día 1 de abril. Los efectos de la baja se producen desde el día primero del mes siguiente a aquel del cese de la actividad.

Ley norma: RD 84/1996 Art. 46.4

Ministerio de Fomento