Seguimiento de la huelga en el transporte de mercancías por carretera

Siempre que hay huelga suelen aparecer datos del seguimiento totalmente diferentes, dependiendo si son ofrecidos por los sindicatos o por la patronal, y la huelga general de ayer, 29 de septiembre, no ha sido una excepción.

Según asegura la CETM (Confederación Española de Transporte de Mercancías) ayer fue un día totalmente normal en cuanto asistencia al trabajo en el sector y aseguran que el 99% de los transportistas de sus empresas acudió a trabajar, aunque según indican la actividad fue menor que en una jornada habitual debido a que para evitar los posibles problemas que podría acarrear la huelga muchos decidieron adelantar unos días sus aprovisionamientos.

Algunas empresas de transporte de mercancías peligrosas por carretera decidieron no circular ayer por seguridad, aunque sus trabajadores tendrán que recuperar su jornada laboral el próximo sábado.

En el extremo opuesto se encuentran los datos ofrecidos por el sindicato UGT quienes aseguran que el seguimiento de la huelga por parte de los transportistas ha sido masivo, y además la Federación de Transportes, Comunicaciones y Mar del sindicato ha asegurado que ayer se produjo un “bloqueo total” del transporte de mercancías por carretera en los principales centros de abastecimiento de productos perecederos entre la 1:00 y las 3:00 horas, “especialmente en Mercamadrid, Mercabarna, Mercavalencia y Mercasevilla”.

¿Y vosotros habéis secundado la huelga?

Consejeros de Seguridad, segunda convocatoria del 2010 en Cataluña

En Cataluña se ha publicado la segunda convocatoria del 2010 de las pruebas para la obtención y renovación de los títulos de Consejeros de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera o ferrocarril.

Requisitos para acceder a las pruebas:

  • Tener domicilio en el la Generalitat de Catalunya
  • Fotocopia del DNI en vigor.
  • Si el domicilio del DNI no corresponde a Cataluña se debe acreditar con el certificado de empadronamiento del municipio catalán donde se resida, debe tener una antigüedad en el municipio de al menos 185 días antes de que finalice el plazo de inscripción a las pruebas.
  • Si se ha visto obligado, por razones familiares o laborales, a cambiar de residencia fuera de la Generalitat se puede acceder a las pruebas siempre que se pueda acreditar.
  • Justificante del abono de las tasas que ascienden a 25,25 euros para cada modalidad.

Plazos:

  • El plazo de inscripción a las pruebas será del 1 al 8 de octubre de 2010.
  • El pago de las tasas se podrá hacer hasta el 15 de octubre de 2010.

Métodos de incripción:
Vía telefónica: Llamando al número gratuito 012 o al 902 400 012 para llamadas nacionales fuera de Cataluña o al +34 935 675 888, si se llama desde el extranjero. Quienes opten por esta vía recibirán la carte de pago por correo.
Vía presencial:

  • Punto de Información del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas
  • Servicios Territoriales de Puertos y Transportes de Girona
  • Servicios Territoriales de Puertos y Transportes de Lleida
  • Servicios Territoriales de Puertos y Transportes de Tarragona

Vía telemática: http://www10.gencat.cat/pls/ptop_transp/p101.consulta

Modalidades de examen:

Para obtener el certificado de consejero de seguridad: se puede optar a examinase de todas las especialidades en un exámen global o de alguna de ellas. Las especialidades son:

  • Clase 1 (Materias y objetos explosivos).
  • Clase 2 (Gases).
  • Clase 7 (Materias radiactivas).
  • Clases 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9 (Materias sólidas y líquidas contenidas en la enumeración de cada una de las clases de Acuerdo Europeo para el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas, ADR).
  • Materias líquidas inflamables con los números de identificación de la Organización de Naciones Unidas 1202 (Gasóleo), 1203 (Gasolina) y 1223 (Queroseno).

Los datos sobre la hora, fecha y lugar donde se realizarán las pruebas aún no se han hecho públicos.

Examen real del CAP de viajeros celebrado en febrero del 2010 en Granada

Hoy os dejamos un examen real para obtener el CAP (Certificado de Aptitud Profesional).

El examen que os dejamos hoy, se corresponde con la prueba celebrada el pasado 20 de febrero de 2010 en la provincia de Granada y este examen en concreto se corresponde con la especialidad del CAP de viajeros.

El examen está compuesto por 103 preguntas de tipo test con 4 posibles respuestas, en estas preguntas se incluyen preguntas variadas de todos los temas que hay que dominar para obtener el CAP:

  • Conducción racional y medioambiental
  • Reglamentación del sector transporte y logística
  • Salud y seguridad en el transporte.

Para ir ensayando para cuando nos enfrentemos al examen del CAP, os podéis descargar este examen real del CAP de viajeros descargar este examen real del CAP de viajeros, está en formato pdf, e intentar resolverlo en las 2 horas de tiempo que tendremos cuando nos examinemos.

No hemos conseguido hacernos con las respuestas correctas del examen, pero esperamos que entre todos las vayamos completando.

Mucho ánimo a todos los que os preparáis para el CAP y espero que este examen os sirva de ayuda para lograr el objetivo final, obtener el CAP para poder trabajar en el transporte por carretera.

Centros autorizados CAP en Salamanca

Os dejamos la lista con las autoescuelas y centros autorizados para impartir los cursos del CAP (Certificado de Aptitud Profesional) en la provincia de Salamanca.

Centros autorizados del CAP en Salamanca por municipios:

Aldeavieja de Tormes:

  • AUTOESCUELA PEPE’S, S.L.U, Ctra Aldeavieja de Tormes, km 1. 37779 Aldeavieja de Tormes.

Arapiles:

  • AUTOESCUELAS ESPAÑA, Ctra N-630, km 348. 37796 Arapiles.

Bejar:

  • AUTOESCUELAS ESPAÑA, Ctra Salamanca, 2 1º. 37700 Bejar.

Carbajosa de la Sagrada:

  • AUTOESCUELA JOSE LUIS, C/ Salamanca, 16. 37188 Carbajosa de la Sagrada.

Ciudad Rodrigo:

  • AUTOESCUELA EL CRUCE, C/ Nuevo Milenio, 17-19. Pol La Viña. 37500 Ciudad Rodrigo.

Guijuelo:

  • AUTOESCUELAS ESPAÑA, C/ Filiberto Villalobos, 30 1ºA. 37770 Guijuelo.

Salamanca:

  • AUTOESCUELA KM.1, C/ María Auxiliadora, 20 entreplanta 4. 37004 Salamanca. Teléfono 923121880
  • AUTOESCUELA MADRID, Paseo Carmelitas, 4 entreplanta. 37007 Salamanca.
  • AUTOESCUELAS ESPAÑA, Plaza Barrio Vidal, 8. 37006 Salamanca.
  • AUTOESCUELAS ESPAÑA, C/ Alamedilla, 10. 37003 Salamanca.

Vallajera de Riofrío:

  • AUTOESCUELAS ESPAÑA, Ctra N-630, km 409. 37717 Vallajera de Riofrío.

Villamayor:

  • AUTOESCUELA VILLAMAYOR, C/ San Miguel, 16 bajo. 37185 Villamayor.

Villares de la Reina:

  • AUTOESCUELA EL PILAR, Ctra Gijón-Sevilla. 37184 Villares de la Reina. Teléfono 923247442
  • AUTOESCUELAS EL PILAR, C/ San Silvestre, 1. 37184 Villares de la Reina. Teléfono 923247442

Capacitación Profesional Transporte. Casos prácticos sobre Derecho Social en el transporte de mercancías

Hoy os dejamos unos casos prácticos de exmen de Capacitación Profesional de Transporte.

Los casos que os dejamos son sobre el tema Derecho Social y son expecíficos para obtener la Capacitación Profesional de Transporte en la modalidad de transporte de mercancías por carretera.

Algunas casos prácticos sobre Derecho Social:

Un trabajador sufre un accidente mientras trabaja a causa del cual queda parapléjico en silla de ruedas, necesitando que le ayuden a vestirse y al aseo personal. Cumpliendo todos los requisitos de alta y cotización para tener derecho a la prestación de la Seguridad Social que proteja su situación.¿A qué prestación de la Seguridad Social tiene derecho?

Solución: Tiene derecho a la prestación por incapacidad permanente en el grado de gran invalidez.

Explicación: Se entenderá por gran invalidez la situación del trabajador afecto de incapacidad permanente y que, por consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesite la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos.

Ley norma: Real Decreto Legislativo 1/1994, 20-06-94 Artículo 137

Ley abreviada: RD Legislativo 1/1994

Javier González ha trabajado en la misma empresa durante diez años, habiendo cumplido la empresa con sus obligaciones en materia de cotización a la Seguridad Social. Su contrato se extingue en virtud de un expediente de regulación de empleo.¿Le corresponde prestación por desempleo? En caso afirmativo, ¿Cuántos días le corresponderán?

Solución: Sí, le corresponde la prestación contributiva por desempleo. Cumple los dos requisitos: 1. Cumple el período mínimo de cotización (360 días) y 2. Se encuentra en situación legal de desempleo. Le corresponden 720 días de prestación por desempleo.

Explicación: El expediente de regulación de empleo supone una situación legal de desempleo. Como en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo, ha cotizado un mínimo de 2.160 días le corresponden 720 días de prestación.

Ley norma: Real Decreto Legislativo 1/1994, 20-06-94 Artículos 208 y 210.

Ley abreviada: RD Legislativo 1/1994

Una trabajadora tiene 20 años y un tiempo total de cotización a la Seguridad Social de cinco meses y desea saber si le corresponde el cobro de la prestación por maternidad, y cuántos días de cotización son necesarios para el cobro de la misma. ¿Qué le respondería Vd ?

Solución: En su caso, no necesita período de cotización al tener menos de 21 años.

Explicación: Si el trabajador tiene menos de 21 años de edad en la fecha del parto no se exige período mínimo de cotización.

Ley norma: Real Decreto Legislativo 1/1994, 20-06-94. Artículo 133 ter.

Ley abreviada: RD Legislativo 1/1994

María Romero, de 35 años, lleva 3 años de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia. El día 1 de enero de 2009 quiere tener cambiada su base de cotización 780 euros, por otra, dentro de las establecidas en la Ley. ¿Puede hacerlo? ¿Cuántas veces se puede cambiar la base de cotización en un año? ¿Cuándo deberá solicitar el cambio de base de cotización?

Solución: Si puede hacerlo. Se pueden hacer hasta 2 cambios de base de cotización en un año. Deberá solicitar el cambio de base de cotización antes del día 1 de octubre de 2008.

Explicación: Las personas incluidas en el régimen especial de trabajadores autonómos podrán cambiar dos veces al año la base por la que viniesen obligadas a cotizar, eligiendo otra, dentro de los límites mínimo y máximo aplicables en cada ejercicio, siempre que así lo soliciten de la Tesorería General de la Seguridad Social antes del día 1 de abril, con efectos del 1 de julio siguiente, y antes del 1 de octubre, con efectos del 1 de enero del año siguiente.

Ley norma: ORDEN TAS/3553/2007.

Ley abreviada: ORDEN TAS/3553/2007

Un trabajador por cuenta ajena tiene cotizados a la Seguridad Social 320 días, pregunta si, cuando se le acabe el contrato eventual, tendría derecho al cobro de la prestación por desempleo y cuál es el tiempo de cotización mínima para tener derecho a esta prestación.

Solución: No tendría derecho a la prestación por desempleo. El tiempo de cotización mínima es de 360 días.

Explicación: Se necesita tener 360 días cotizados en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo.

Ley norma: Real Decreto Legislativo 1/1994, 20-06-94 Artículos 208 y 210.

Ley abreviada: RD Legislativo 1/1994

En el año 2009, ¿Qué tipo de cotización se aplicará a la base de cotización de un trabajador autónomo que no se acoge a la protección de la Incapacidad Temporal (IT)? ¿Y si se acogiera a IT? ¿Qué duración mínima tendría la opción de acogerse a IT?

Solución: Sin cotizar por IT: 26,50 %. Si cotiza por IT 29,80 %. 3 años.

Explicación: En el régimen de autonómos, la cotización por incapacidad temporal es optativa para el trabajador. Los derechos y obligaciones derivados de la opción realizada en favor de la cobertura de la prestación por incapacidad temporal serán exigibles por un período mínimo de tres años.

El tipo de cotización en esta Régimen Especial de la Seguridad Social será el 29,80 por ciento. Cuando el interesado no tenga cubierta en dicho Régimen la protección por incapacidad temporal, el tipo de cotización será el 26,50 por ciento.

Ley norma: RD 2064/1995, 22-12-95 Artículo 43.3, redacción según RD 1382/2008. Ley 2/2008 de 23 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para 2009. Artículo 120 cuatro

Ley abreviada: RD 2064/1995
COD: 1302024

Se considera trabajador autónomo económicamente dependiente (TRADE), la persona física que cumple como requisito esencial:

Solución: El TRADE es un trabajador autonómo que realiza una actividad económica para un cliente del que percibe, al menos, el 75 por ciento de sus ingresos por rendimientos de trabajo y de actividades económicas o profesionales.

Explicación: Los trabajadores autónomos económicamente dependientes son aquéllos que realizan una actividad económica o profesional a titulo lucrativo y de forma habitual, personal, directa y predominantemente para un cliente del que percibe, al menos, el 75 por ciento de sus ingresos por rendimientos de trabajo y de actividades económicas o profesionales y en el que concurren las restantes condiciones establecidas en el artículo 11 de la Ley 20/2007, del Estatuto del Trabajo Autónomo.

Ley norma: Real Decreto 197/2009, de 23 de febrero, Ley 20/2007, 11-07-07. Artículo 11.

Ley abreviada: RD 197/2009

El día 3 de enero de 2009, el Sr. Agustín Rodríguez finaliza su actividad como trabajador por cuenta propia. ¿Cuándo deberá darse de baja en el régimen especial de los trabajadores autónomos?

Solución: Dentro de los 6 días naturales siguientes al día del cese en el trabajo.

Explicación: Las solicitudes de baja de los trabajadores deberán presentarse dentro del plazo de los seis días naturales siguientes al del cese en el trabajo.

Ley norma: Real Decreto 84/1996, 26-1-96 Artículo 32.3.2º

Ley abreviada: RD 84/1996

La IAA Nutzfahrzeuge de Hannover ha abierto sus puertas

Si hay una feria emblemática en el sector del transporte es la IAA Nutzfahrzeuge, el principal salón de vehículos industriales, comerciales y de insustria auxiliar del mundo que se celebra bianualmente en la ciudad alemana de Hannover y que es organizada por la VDA (Verbandes der Automobilindustrie, o lo que es lo mismo la Asociación de la Industria Automotriz).

Este año la IAA Nutzfahrzeuge ha alcanzado su edición número 63, y en ella se han dado cita  1751 expositores, entre los que se encuentran todas las empresas punteras como puede ser el caso de Iveco, Renault Trucks, Man, Volvo…, procedentes de 43 países diferentes, que presentarán las principales novedades del sector sobre vehículos de motor, equipos y sistemas para el transporte de mercancías y de viajeros.

Esta 63 edición de la IAA de Hannover, que se celebra del 22 del 30 de septiembre, está marcada por la crisis, aunque la vista no está puesta en la crisis como tal sino en su recuperación, y han tenido un protagonismo especial las innovaciones tecnológicas, la preoxupación medioambiental y la reducción de consumo.

Este año además se está dando un récord en las novedades que se presentarán a lo largo de esta semana, ya que se presentarán 272 primicias a nivel mundial.

Consejeros de Seguridad, convocatoria del 2010 en Navarra

En Navarra se han convocado las pruebas correspondientes con la convocatoria del 2010 para la obtención del certificado de capacitación profesional de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera o por ferrocarril y para la renovación de los certificados cuya validez finaliza en los próximos meses (quienes se examinaron en las pruebas del año 2005)

Datos de la convocatoria del 2010 de Consejeros de Seguridad en Navarra

Requisitos para acceder a las pruebas:

  • Tener domicilio en el la Comunidad de Foral de Navarra.
  • Fotocopia del DNI en vigor.
  • Si el domicilio del DNI no corresponde a Navarra se debe acreditar con el certificado de empadronamiento del municipio navarro donde se resida, debe tener una antigüedad en el municipio de al menos 185 días antes de que finalice el plazo de inscripción a las pruebas.
  • Si se ha visto obligado, por razones familiares o laborales, a cambiar de residencia fuera de Navarra se puede acceder a las pruebas siempre que se pueda acreditar.
  • Justificante del abono de las tasas que corresponde a 11 euros por cada una de las modalidades a las que se presente.

Plazo de inscripción a las pruebas: será hasta las 14:00 horas del viernes 1 de octubre

Modalidades de examen:

Para obtener el certificado de consejero: se puede optar a examinase de todas las especialidades en un exámen global o de alguna de ellas. Las especialidades son:

  • Clase 1 (Materias y objetos explosivos).
  • Clase 2 (Gases).
  • Clase 7 (Materias radiactivas).
  • Clases 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9 (Materias sólidas y líquidas contenidas en la enumeración de cada una de las clases de Acuerdo Europeo para el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas, ADR).
  • Materias líquidas inflamables con los números de identificación de la Organización de Naciones Unidas 1202 (Gasóleo), 1203 (Gasolina) y 1223 (Queroseno).

Fecha y lugar de los exámenes:

  • Fecha: Sábado, 13 de noviembre de 2010
  • Lugar: aulario de la Universidad Pública de Navarra.

Los datos relativos a la hora en que tendrán lugar las pruebas aún no se han hecho públicos.

A partir del 15 de octubre se tendrán que pagar peajes en Portugal

Ya os hemos hablado del caos en las carreteras portuguesas por la entrada en vigor de la Euroviñeta, y es que desde el 1 de agosto los conductores que transitan por determinadas autovías lusas tendrán que pagar un impuesto por ello, aunque aún no estaban disponibles los métodos para hacer los pagos.

Ahora estos dispositivos para el pago de peajes ya se encuentran disponibles, los conductores españoles los pueden solicitar en las entidades bancarias de Banco Simeón, Banco de Extremadura, Banco Espíritu Santo y Caixa Nova, y a partir del próximo 15 de octubre ya será obligatorio el pago de los peajes en algunas autovías portuguesas de la llamada Red Scut, y más adelante también será necesario hacer el pago en otras autovías.

Autovías portuguesas en las que habrá que pagar el 15 de octubre:

SCUT Norte Litoral:

  • A-28 Angeiras – Modivas; Póvoa do Varzim – Estela; Esposende – Antas; Neiva – Darque)

SCUT Grande Porto

  • A-4  Custóias – Via Norte Nascente; Via Norte Dascente – Ponte da Pedra)
  • A-41 Perafita – Aeroporto; Lipor – EN13; EN 13 – EN 14; EN 14 – EN 107; Maia (A3) – Alfena; Alfena – Sto Tirso; Ermida – IC24//C25
  • A-42  IC24//IC25 – Seroa; Paços Ferreira Este – EN 106 Sul


SCUT Costa de Prata

  • A-17  Mira – Ponte de Vagos; Vagos – Ílhavo; Aveiro Sul – S. Bernardo
  • A-25  Zona Industrial Aveiro – Angeja Poente; Angeja – Miramar
  • A-29  Salreu – Estarreja; Estarreja – Ovar; Arada – Maceda; Granja – Miramar.

Autovías portuguesas en las que habrá que pagar el 15 de abril 2011:

  • SCUT Interior Norte
  • SCUT Beiras Litoral e Alta
  • SCUT Beira Interior
  • SCUT Algarve

Fuente: Fenadismer

Centros autorizados del CAP en Santa Cruz de Tenerife

Hoy os dejamos la lista con los centros y autoescuelas autorizadas en Santa Cruz de Tenerife para impartir los cursos del CAP (Certificado de Aptitud Profesional).

Centros autorizados en Santa Cruz de Tenerife por municipios:

Llanos de Aridane (Los):

  • AUTOESCUELA CONDE, C/ Calvario, 17. 38760 Llanos de Aridane (Los).
  • AUTOESCUELA LA PALMA (LOS LLANOS), C/ Teniente General González del Yerro, 38760 Llanos de Aridane (Los).

Realejos (Los):

  • LA GUAGUA CANARIAS, S.L., Ctra General del Norte, s/n La Vera-La Zamorita. 38410 Realejos (Los).

Rosario (El):

  • AUTOESCUELA TRIUNFO, C/ San Francisco de Paula, 43. 38291 Rosario (El).

San Andrés y Sauces:

  • LA GUAGUA CANARIAS S.L., C/ Juan Carlos 1º, 4. 38720 San Andrés y Sauces.

Santa Cruz de la Palma:

AUTOESCUELA LA PALMA, C/ O’Daly 35. 38700 Santa Cruz de la Palma.

Santa Cruz de Tenerife:

  • CENTRO DE DESARROLLO EMPRESARIAL CANARIO, S.L., C/ Anselmo J. Benitez, 6 bajo, edificio Atenas. 38004 Santa Cruz de Tenerife.
  • LA GUAGUA CANARIAS, S.L., Urbanización Brisamar, parcela G3, Añaza. 38111 Santa Cruz de Tenerife.
  • TRANSPORTES INTERURBANOS DE TENERIFE, S.A., C/ Punta de Anaga, 1, Santa María del Mar. 38111 Santa Cruz de Tenerife.

Capacitación Profesional de Transporte. Preguntas de examen sobre Derecho Social en el transporte de mercancías

Hoy, para quienes se están preparando para obtener la Capacitación Profesional de Transporte, os dejamos unas preguntas de examen sobre el tema Derecho Social.

Las preguntas son expecíficas para obtener la Capacitación Profesional de Transporte en la modalidad de transporte de mercancías por carretera.

Algunas preguntas sobre Derecho Social:

¿Quién está obligado a solicitar la afiliación inicial del trabajador al Régimen General de la Seguridad Social?:

  • 1. El trabajador
  • 2. El empresario
  • 3. Los sindicatos en que estén afiliados los trabajadores y si no están afiliados a ningún sindicato el empresario
  • 4. La propia de la Tesorería General de la Seguridad Social

Solución:B

Ley norma: Real Decreto Legislativo 1/1994, 20-6-94 Artículo 100

Ley abreviada:RD Legislativo 1/1994

La cuantía de la prestación por desempleo a partir de los 181 primeros días de su percepción:

  • 1. Es el 50% de la base de cotización por contingencias comunes
  • 2. Es el 60% de la base reguladora de la prestación por desempleo
  • 3. Es el 70% de la base reguladora de la prestación por desempleo
  • 4. Se obtiene aplicando unos coeficientes reductores sobre la base de cotización por contingencias profesionales

Solución:B

Ley norma: Real Decreto Legislativo 1/1994, 20-6-94. Artículo 211

Ley abreviada:RD Legislativo 1/1994

¿Con qué fuentes se financia la Seguridad Social?:

  • 1. Las cuotas de las personas obligadas, las cantidades recaudadas por sanciones y recargos, las procedentes de sus recursos patrimoniales, y cualesquiera otros ingresos, salvo los excluidos por la Ley
  • 2. Cotizaciones del empresario y trabajadores mas subvenciones de entidades financieras
  • 3. Intereses de capitales ajenos invertidos en la Seguridad Social
  • 4. Con los provenientes del Reaseguro de Accidentes de trabajo

Solución:A

Ley norma: Real Decreto Legislativo 1/1994, 20-6-94 Artículo 86

Ley abreviada:RD Legislativo 1/1994

El derecho al reconocimiento a la prestación de la Seguridad Social prescribe con carácter general:

  • 1. Al año a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar el hecho causante de la prestación
  • 2. A los 5 años a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar el hecho causante de la prestación
  • 3. A los 10 años
  • 4. No prescribe

Solución:B

Ley norma: Real Decreto Legislativo 1/1994, 20-6-94 Artículo 43

Ley abreviada:RD Legislativo 1/1994

El derecho a cobrar la prestación económica por incapacidad temporal en caso de enfermedad común ó accidente no laboral nace:

  • 1. Desde el primer momento
  • 2. A partir del día siguiente al que se produjo la enfermedad o el accidente
  • 3. Desde el cuarto día contado desde la fecha en que se produjo la baja en el trabajo
  • 4. A partir del 40 día contado desde la fecha en que se produjo la baja, salvo que por convenio colectivo se pactase cubrir los 3 primeros días también

Solución:C

Ley norma: Real Decreto Legislativo 1/1994, 20-6-94 Artículo 131

Ley abreviada:RD Legislativo 1/1994

El derecho a cobrar la prestación económica por incapacidad temporal en caso de accidente laboral nace:

  • 1. A partir de los 3 días de suceder el mismo
  • 2. Desde el día siguiente al de la baja en el trabajo
  • 3. A los 5 días de producirse
  • 4. El mismo día que se produce

Solución:B

Ley norma: Real Decreto Legislativo 1/1994, 20-6-94 Artículo 131

Ley abreviada:RD Legislativo 1/1994

En el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social se deberá efectuar la liquidación de las cuotas:

  • 1. Dentro del mismo mes al que corresponda el devengo, coincidiendo con los meses naturales
  • 2. A los 3 meses, coincidiendo con la declaración del I.V.A
  • 3. Al mes siguiente del devengo
  • 4. Igual que el Régimen General

Solución:A

Ley norma: RD 2064/1995, 22-12-95 Artículo 45.1

Ley abreviada:RD 2064/1995

La obligación de pago de las cotizaciones a la Seguridad Social:

  • 1. Prescribe al año desde la fecha en que debieron ser ingresadas
  • 2. Prescribe a los 4 años desde la fecha en que debieron ser ingresadas
  • 3. Prescribe a los 8 años desde la fecha en que debieron ser ingresadas
  • 4. Es imprescriptible

Solución:B

Ley norma: Real Decreto Legislativo 1/1994, 20-6-94 Artículo 21

Ley abreviada:RD Legislativo 1/1994

En el Régimen General de la Seguridad Social están obligatoriamente incluidos:

  • 1. Todos los trabajadores por cuenta ajena o asimilados
  • 2. Los trabajadores por cuenta propia ó autónomos
  • 3. Ambos
  • 4. La inclusión es voluntaria

Solución:A

Ley norma: Real Decreto Legislativo 1/1994, 20-6-94 Artículo 97

Ley abreviada:RD Legislativo 1/1994

La situación de incapacidad permanente del trabajador puede ser de:

  • 1. Incapacidad permanente únicamente
  • 2. Incapacidad permanente parcial, total
  • 3. Incapacidad provisional, permanente e intermedia
  • 4. Incapacidad permanente parcial, total, absoluta y gran invalidez

Solución:D

Ley norma: Real Decreto Legislativo 1/1994, 20-6-94 Artículo 137

Ley abreviada:RD Legislativo 1/1994

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