El exceso de peso y las sanciones

Al igual que no respetar los tiempos de descanso supone una falta que conlleva la correspondiente sanción, también ocurre lo mismo si no se respeta la MMA (Masa Máxima Autorizada) del vehículo y se sobrepasa, los excesos de peso también son una falta que se puede considerar leve, grave o muy grave, dependiendo del exceso que se produzca.
Faltas Leves: se considera Falta leve, sancionada entre los 301 y los 400 €, cuando el exceso de peso sobre la MMA:
- En vehículos de más de 20 toneladas: si el exceso de peso en un eje oscila entre el 20 y el 25% o cuando el exceso total está entre el 2,5 y el 6%.
- En vehículos entre 10 y 20 toneladas: si el exceso sobre un eje está comprendido entre el 30 o el 35% o tiene un exceso sobre el total entre el 5 y el 10%
- En vehículos hasta 10 toneladas: si el exceso sobre un eje está entre el 40 y el 45% o sobre el total entre el 6 y el 15%
Faltas Graves: se considera Falta grave, sancionada entre los 1501 y los 2000 €, cuando el exceso de peso sobre la MMA:
- En vehículos de más de 20 toneladas: si el exceso de peso en un eje oscila entre el 25 y el 30% o cuando el exceso total está entre el 6 y el 15%.
- En vehículos entre 10 y 20 toneladas: si el exceso sobre un eje está comprendido entre el 35 o el 40% o tiene un exceso sobre el total entre el 10 y el 20%
- En vehículos hasta 1o toneladas: si el exceso sobre un eje está entre el 45 y el 50% o sobre el total entre el 15 y el 25%
Faltas Muy Graves: Falta muy grave, sancionada entre los 3301 y los 4600 €, cuando el exceso de peso sobre la MMA:
- En vehículos de más de 20 toneladas: si el exceso de peso de un eje en mayor al 30% o cuando el exceso total supera el 15%.
- En vehículos entre 10 y 20 toneladas: si el exceso sobre un eje es superior al 40% o tiene un exceso sobre el total mayor al 20%
- En vehículos hasta 1o toneladas: si el exceso sobre un eje se supera en más del 50% o sobre el total en más del 25%
Además de la sanción económica cuando esta falta muy grave es detectada en carretera el vehículo queda inmediatamente inmovilizado hasta que se supriman los motivos que originan la infracción, es decir se inmoviliza hasta que no supere la MMA.
Fuente: Ministerio de Fomento





noviembre 3rd, 2009 at 17:32
Que me puede ocurrir si tengo un accidente con un exceso de peso inferior al 15% respecto de la M.M.A. para un vehiculo de 40t
noviembre 4th, 2009 at 12:58
Se considera Falta grave y se sanciona entre los 1501 y los 2000 €, además si tienes un accidente puedes tener un problema con el seguro al llevar exceso de peso.
diciembre 28th, 2009 at 18:28
La sancione por exceso de peso, sobre quien recae, conductor o propietartio del veiculo?
enero 16th, 2010 at 14:57
La infracción recae siempre sobre el titular de la autorización de transporte; en su defecto, sobre el titular del vehículo, cargador, y operador de transporte que intervenga, amén de que el agente actuante además observe negligencia o temeridad por parte del conductor y lo denuncie a la JPT correspondiente.
mayo 27th, 2010 at 19:23
me gustaria saber si además de la multa restan puntos en el carnet por exceso de carga
enero 25th, 2011 at 15:21
AYER ME SANCIONARON POR EXEDER EL PESO EN 540 KILOS DEMAS Y EL VEHICULO Q CONDUSCO ES DE 3500KILOS
enero 25th, 2011 at 15:22
SE PIERDE PUNTOS POR EL EXESO DE CARGA Y CUAL SERIA LA SANCION
abril 10th, 2011 at 18:01
¿una falta muy grave tiene consecuencias en los puntos sobre el chofer?
junio 29th, 2011 at 19:31
perderia puntos el chofer por exceder el peso m.a.
septiembre 22nd, 2011 at 12:16
QUIERO SABER SI ES CONDUCCION TEMERAIRA CONDUCIR CON 3820 KILO DE MAS.GRACIAS
octubre 18th, 2011 at 22:02
soy conductor de una empresa q me obligan a llevarn exceso de peso.me multarian ami y me quitarian puntos?
octubre 20th, 2011 at 11:45
no, no te quitan puntos ni te multan ati, solo a la empresa de transportes y a la empresa cargadora, a mi me an colocado varias por sobrepasar 12 y 15 toneladas, normal mente si no pasa de 5000kg con trailer te multan pero te dejan circular, a mi me lo hacen descargar siempre.
octubre 27th, 2011 at 20:17
gracias por la respuesta.ya me dejas mas tranquilo
enero 23rd, 2012 at 11:50
He ido a declarar a un juicio donde reconozco que hace 2 años llevé un exceso de carga considerable.¿Me pueden sancionar?